- El objetivo es que los usuarios puedan acceder a los servicios digitales y autogestionen los trámites desde su hogar o su trabajo sin salir de casa.
- No se requiere la intervención de un funcionario de la entidad o la ayuda de un externo para emitir la firma electrónica.
- La DIAN invita a más de 500 mil clientes virtuales que aún no generan su firma electrónica a que realicen este proceso por autogestión.
Bogotá, D.C., 30 de abril de 2021. Con la expedición de la Resolución 080 del 28 de julio 2020, la DIAN habilitó el uso de Firma Electrónica en los Servicios Informáticos de la DIAN, mediante el mecanismo de autogeneración, un trámite que puede autogestionarse totalmente en línea, sin requerir cita ni la intervención de un servidor público de la entidad.
Desde la fecha de expedición y hasta hoy miles de personas generaron la nueva Firma Electrónica, la DIAN viene realizando campañas para que las personas que no han cambiado su antiguo mecanismo de firma, lo hagan por el nuevo, sin embargo, la DIAN ha identificado a 563.057 mil clientes que aún no han cambiado su antiguo mecanismo de firma por la nueva firma electrónica; desde enero de 2021, se les ha enviado una invitación por correo electrónico para que autogestionen el trámite, señalando las características y ventajas importantes que facilitarán el acceso a trámites y servicios sin tener que ir a la DIAN.
Además, se han realizado acciones de comunicación invitando a que más usuarios emitan su nueva firma y puedan hacer más ágiles sus trámites sin salir de sus casas entendiendo la relevancia de la protección de la vida durante la emergencia sanitaria.
La antigua firma electrónica dejará de funcionar a partir del 1 de junio y es por eso que hemos venido acompañando el proceso de esta migración, desde hace unos meses, a través de mensajes en los servicios digitales de la DIAN y comunicaciones directas a los usuarios. A partir de esta fecha, las personas que no lo hayan hecho y que requieran hacer cualquier trámite, serán guiadas inmediatamente por el sistema para que emitan su nueva firma y así no generar ningún retraso en las transacciones.
Quienes han recibido esta invitación vía correo electrónico, pueden comprobar la autenticidad del comunicado en nuestro portal web, opción: https://muisca.dian.gov.co/WebComunicaciones/DefVerificarCorreoDian.faces, tomando el código alfanumérico ubicado en la parte superior derecha del correo.
Importante tener en cuenta que el usuario puede generar la firma electrónica todas las veces que lo necesite, cada vez que requiera realizar trámites y operaciones virtuales será solicitada la contraseña establecida al momento de generar la Firma Electrónica, esta firma tiene vigencia de tres (3) años contados a partir de que se culmine el procedimiento de generación.
Dentro de los beneficios de la nueva firma se destaca su simplicidad en el acceso y generación, pues la DIAN redujo la cantidad de pasos para generarla. Ya no es necesario realizar la configuración de preguntas de recordación, ahora se puede realizar el procedimiento tantas veces como lo requiera el cliente sin la necesidad de agendar cita por olvido de contraseñas o configuraciones previas.
Recuerden que si su firma electrónica fue emitida antes de la expedición de la Resolución 080 del 28 de julio 2020, debe cambiarla por la nueva, si ya lo hizo o la saco por primera vez después de esta fecha NO TIENE QUE HACER NADA.
este cambio de versión es consecuencia de la modernización tecnológica que la DIAN adelanta para acercarse al cliente y ofrecer soluciones ágiles y eficientes. A continuación, se presentan los contenidos de ayuda y soporte para realizar fácilmente el proceso:
- Paso a paso (Infografía) “Cómo Generar la Nueva Firma Electrónica”: https://www.dian.gov.co/impuestos/Documents/Infografia_Firma_2020.pdf
- Video del proceso de Generación de Nueva Firma: https://youtu.be/x7b8S_ieCu4
- Abecé generación de Firma Electrónica: https://www.dian.gov.co/impuestos/Documents/abc_firma_electronica_2020.pdf