CONSULTA
“(…) Por medio de la presente, solicito su amable colaboración para orientarme sobre el siguiente aspecto en particular:
- ¿Cómo deben las empresas mineras, clasificadas en los grupos 1 y 2, tratar contablemente las reservas mineras probadas otorgadas en el contrato de concesión minera?
- ¿Qué método se debe utilizar para establecer el importe que debe llevarse a libros respecto a las reservas probadas? (…)”
RESUMEN:
Las reservas minerales probadas no deben reconocerse como activos al momento de la firma del contrato de concesión, ya que, por sí solas, no cumplen con la definición de activo establecida en el Marco Conceptual de las NIIF (Grupo 1), ni en la Sección 2 – Conceptos y principios fundamentales de la NIIF para las PYMES (Grupo 2). Esto se debe a que la entidad no tiene control sobre dichas reservas, y no es probable que generen beneficios económicos futuros hasta tanto no se realicen actividades adicionales de exploración y evaluación.
CONSIDERACIONES Y CONCEPTO
El Consejo Técnico de la Contaduría Pública (CTCP), en su calidad de organismo permanente de normalización técnica de Normas de Contabilidad, Información Financiera y Aseguramiento de la Información, adscrito al Ministerio de Comercio, Industria y Turismo, y conforme a las disposiciones legales vigentes, principalmente las contempladas en la Ley 43 de 1990, la Ley 1314 de 2009 y los decretos que las desarrollan, procede a dar respuesta a la consulta de manera general, sin pretender resolver casos particulares, en los siguientes términos:
En contexto, los recursos minerales de una empresa minera representan el activo más importante del negocio, en función de los cuales se definirán las reservas probables y probadas del yacimiento, que, a su vez, serán la base para estimar la vida útil de la mina y la cantidad de mineral a ser explotado. Sin la determinación de las reservas probables y probadas, no es posible hablar de una empresa en marcha en el sector minero.
Por otra parte, los desembolsos en un negocio minero generalmente se originan mucho antes de que se definan las reservas, cuando existe la presunción de recursos minerales en una zona aproximada, ya sea en la superficie o en el subsuelo terrestre. Sin embargo, en esta etapa aún es incierta su ubicación exacta, cantidad o contenido mineral. No obstante, si existe una probabilidad razonable de una eventual extracción económica, es posible llevar a cabo actividades de cateo y prospección minera, incluso antes de haber obtenido la concesión para explorar en un área específica.
Una vez identificado el recurso mineral, y ya en la etapa de exploración, se procede a su cuantificación estimada mediante el uso de instrumentos y procedimientos geológicos y geofísicos, que permitirán, además, conocer el valor económico del yacimiento.
Esta cuantificación de las reservas se repetirá periódicamente durante las etapas de desarrollo y producción o explotación, hasta las fases finales de la mina, generalmente de forma anual. De esta manera, se garantiza tanto la calidad como el control de calidad de la información.
De acuerdo con el grado de confiabilidad que se tenga sobre la cuantificación de los recursos minerales, estos se clasificarán como:
- Reservas probables: cuando un recurso mineral, medido o indicado, ha sido objeto de estudios técnicos y económicos apropiados, lo que permite concluir que su explotación es Sin embargo, existe un factor de riesgo en el cálculo, dado que los valores obtenidos aún no han sido "probados".
- Reservas probadas: cuando un recurso mineral, medido o indicado, ha sido objeto de estudios técnicos y económicos precisos, que permiten demostrar su cuantificación en términos de tonelaje o volumen, así como su contenido (ley) o calidad explotable.
Es importante señalar que la cuantificación —en cuanto a ubicación, cantidad, ley, características geológicas y continuidad— de los recursos minerales y sus reservas es un proceso altamente técnico y, a la vez, incierto, ya que depende en gran medida de interpretaciones derivadas de determinada información, la cual se fundamenta en procedimientos científicos y/o empíricos.
Por lo tanto, este proceso implica un riesgo inherente asociado con el método de medición empleado, motivo por el cual debe ser objeto de adecuada revelación en los estados financieros.
De lo anterior, puede afirmarse que la determinación del recurso mineral y de las reservas constituye el punto de partida y la base del negocio minero. No obstante, no existe una NIIF específica que establezca su reconocimiento y medición contable. Sin embargo, tanto en las NIIF plenas como en la NIIF para las PYMES, se incluyen lineamientos relacionados con la fase de exploración y evaluación de recursos minerales, contenidos en la NIIF 6 y en la Sección 34 (párrafos 34.11 a 34.11F), respectivamente.
Cabe precisar que las reservas mineras, por sí solas, carecen de valor económico hasta que son efectivamente extraídas y se les asigna un precio real en el mercado. Por ello, tanto su valoración como su medición son procesos complejos y subjetivos, pues se apoyan en diversos métodos y procedimientos técnicos.
Es importante destacar que tanto los recursos minerales como la determinación de reservas se encuentran excluidos del alcance de la NIC 16/Sección 17 – Propiedad, planta y equipo, y de la NIC 38/Sección 18 – Activos intangibles.
No obstante, para efectos de reconocer posibles pérdidas de valor relacionadas con estos activos, se aplicará la NIC 36/Sección 27 – Deterioro del valor de los activos.
Las reservas entonces, se constituyen en un elemento insustituible en la evaluación de la eficiencia en la extracción y la productividad de una mina. Desde el punto de vista financiero, también resultan indispensables para diversos cálculos que impactan directamente en los estados financieros, entre ellos:
- Depreciación y amortización de los activos de la mina, los costos de exploración y desarrollo, y otras instalaciones, generalmente calculadas con base en el método de unidades de producción, en función de las reservas probadas y probables.
- Cálculo del stripping cost o normalización del costo de desbroce.
- Determinación de pérdidas por deterioro (impairment charge).
- Definición de los tiempos de restauración y desmantelamiento, como parte del proceso de estimación de los costos de remediación y cierre de mina.
- Capitalización de los costos de exploración y evaluación.
Las reservas proporcionan información crítica para la valoración de una empresa minera, ya que permiten determinar el valor económico de la operación con base en su desempeño actual y en los planes de explotación futura. Por tanto, su existencia y correcta estimación son determinantes para evaluar la continuidad del negocio o, en su defecto, identificar señales de incertidumbre al respecto.
Nota final: La base conceptual y técnica de este documento ha sido elaborada a partir del “Manual de aplicación práctica de las normas internacionales de información financiera en el sector minero, documento elaborado por: © Sociedad Nacional de Minería, Petróleo y Energía, Lima, Perú. Cuarta edición digital: octubre 2024”.
En los términos expuestos, se absuelve la consulta, señalando que este organismo se ha basado exclusivamente en la información proporcionada por el peticionario. Los efectos de este concepto se encuentran enunciados en el artículo 28 de la Ley 1437 de 2011.