Por la cual se fijan precios indicativos para manufacturas de plástico y otros productos sintéticos y se deroga la Resolución 7779 del 24 de julio de 2009

  

Resolución 012110
9 de Noviembre de 2009
DIAN
Por la cual se fijan precios indicativos para manufacturas de plástico y otros productos sintéticos y se deroga la Resolución 7779 del 24 de julio de 2009

Por la cual se fijan precios indicativos para manufacturas de plástico y otros productos sintéticos y se deroga la Resolución 7779 del 24 de julio de 2009

LA SUBDIRECTORA DE GESTIÓN TÉCNICA ADUANERA

En ejercicio de sus facultades legales y en especial las establecidas en el artículo 28 del Decreto 4048 de 22 de octubre de 2008.

RESUELVE

ARTÍCULO 1. – Fijar en términos FOB los siguientes precios indicativos para manufacturas de plástico y otros productos sintéticos, originarios de cualquier país, salvo de aquellos con los cuales Colombia haya suscrito Acuerdos de Libre Comercio.

Periodo julio- septiembre.

SUBPARTIDA ARANCELARIA
DESCRIPCIÓN
PRECIO FOB USD/TN.
3924.10.90.00 Las demás vajillas y demás artículos para el servicio de mesa o de cocina, de plástico.
2405
3924.90.00.00 Demás artículos de uso doméstico y artículos de higiene o tocador, de plástico.
2405
5407.20.00.00 Tejidos de hilados de filamentos sintéticos fabricados con tiras o formas similares.
2405
5607.41.00.00 Cordeles para atar o engavillar, de polietileno.
2497
5607.41.00.00 Cordeles para atar o engavillar de polipropileno.
2405
5607.49.00.00 Demás cordeles, cuerdas y cordajes de polietileno, estén o no trenzados, incluso impregnados, recubiertos, revestidos o enfundados con caucho o plástico.
2497
5607.49.00.00 Demás cordeles, cuerdas y cordajes de polipropileno, estén o no trenzados, incluso impregnados, recubiertos, revestidos o enfundados con caucho o plástico.
2405
SUBPARTIDA ARANCELARIA
DESCRIPCIÓN
PRECIO FOB USD/TN.
6305.33.20.00 Demás sacos (bolsas) y talegas, de tiras o formas similares, para envasar de polipropileno.
2405
9401.80.00.00 Demás asientos incluso los transformables en cama (excepto los de la partida 94.02).
2405
9403.70.00.00 Muebles de plástico.
2405

Artículo 2. Las medidas previstas en el numeral 1.20 del artículo 502 y en el artículo 502-1 del Decreto 2685 de 1999 se aplicarán a mercancías procedentes de Zonas de Régimen Aduanero Especial, amparadas con Facturas de Nacionalización expedidas con posterioridad a la publicación de esta Resolución.

Artículo 3. La descripción registrada para los diferentes productos en este acto administrativo es la que define la mercancía a controlar. Las partidas o subpartidas no tienen carácter vinculante.

Articulo 4. La presente Resolución rige a partir de la fecha de su publicación y deroga la Resolución 7779 del 24 de julio de 2009.

PUBLÍQUESE Y CUMPLASE

Dada en Bogotá, D.C., a 9 DE NOV. 2009

(ORIGINAL FIRMADO)
DIANA CAROLINA DIAZ RODRIGUEZ
Subdirectora de Gestión Técnica Aduanera

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