RESOLUCIĆN NĆMERO 000074
(02 JUL 2020)
Por la cual se prescribe el formulario 420 para el cumplimiento de las obligaciones tributarias, de los contribuyentes y responsables del Impuesto al patrimonio por los aƱos gravables 2020 y 2021.
EL DIRECTOR GENERAL DE LA UNIDAD ADMINISTRATIVA ESPECIAL DIRECCIĆN DE IMPUESTOS Y ADUANAS NACIONALES
En uso de sus facultades legales y en especial de las que le confieren el numeral 12 del artĆculo 6 del Decreto 4048 de 2008, artĆculos 298-1, 298-2, 578 y 579-2 del Estatuto Tributario, y
CONSIDERANDO
Que se requiere prescribir un formulario para el cumplimiento de las obligaciones tributarias a cargo de los contribuyentes y responsables, para el año gravable 2020 y siguientes, de los impuestos administrados por la Unidad Administrativa Especial Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales -DIAN.
Que el artĆculo 43 de la Ley 2010 de 2019 creó un impuesto extraordinario denominado el impuesto al patrimonio por los aƱos 2020 y 2021, razón por la cual se requiere prescribir el formulario para que los contribuyentes obligados a cumplir con esta obligación puedan efectuarla dentro de los tĆ©rminos legales.
Que cumplida la formalidad prevista en el numeral 8 del artĆculo 8 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo, el proyecto de Resolución fue publicado en la pĆ”gina web de la Unidad Administrativa Especial Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales -DIAN.
RESUELVE
ArtĆculo 1. Declaración Impuesto al Patrimonio – Formulario 420. Prescribir para la presentación de la āDeclaración Impuesto al Patrimonioā, correspondiente a los aƱos gravables 2020 y 2021, el Formulario N° 420, diseƱo que forma parte integral de la presente resolución.
Los contribuyentes del Impuesto al Patrimonio deberÔn presentar la declaración a través de los servicios informÔticos, utilizando el Instrumento de Firma Electrónica (IFE), autorizado por la Unidad Administrativa Especial Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales -DIAN.
ArtĆculo 2. Publicar la presente resolución de conformidad con el artĆculo 65 del Código Administrativo y de lo Contencioso Administrativo.
ArtĆculo 3. Vigencia. La presente resolución rige a partir de la fecha de su publicación en el Diario Oficial.
anexo resolución 000074