RESOLUCIÓN NÚMERO (00023 )
Por la cual se modifica el instructivo del Formulario No. 160 “Declaración Anual de Activos en el Exterior” prescrito mediante Resolución 000013 de marzo 3 de 2017 y habilitado con la Resolución 00004 del 15 de enero de 2019 y se habilita para el año gravable 2022 el Formulario No. 445 “Impuesto Complementario de Normalización Tributaria” prescrito mediante Resolución 000045 del 7 de mayo de 2020.
EL DIRECTOR GENERAL DE LA UNIDAD ADMINISTRATIVA ESPECIAL DE LA DIRECCIÓN DE IMPUESTOS Y ADUANAS NACIONALES
En uso de sus facultades legales y en especial de las que le confieren el numeral 2 del artículo 8 del Decreto 1742 de 2020, los artículos 578, 579-2, 607 del Estatuto Tributario, y los artículos 2 a 6 de la Ley 2155 de 2021 y,
CONSIDERANDO
Que se requiere modificar el instructivo del Formulario No. 160 “Declaración Anual de Activos en el Exterior” para el cumplimiento de las obligaciones tributarias a cargo de los contribuyentes y responsables, por el año gravable 2022.
Que el parágrafo 1 de artículo 641 del Estatuto Tributario fue modificado por el artículo 110 de la Ley 2010 de 2019, por lo cual se hace necesario modificar el contenido del instructivo de la casilla 34 del Formulario No.160 “Declaración Anual de Activos en el Exterior” respecto de la sanción por extemporaneidad.
Que el artículo 2 de la Ley 2155 del 14 de septiembre de 2021, creó para el año gravable 2022 el impuesto de normalización tributaria como un impuesto complementario al impuesto sobre la renta y al impuesto al patrimonio.
Que, por lo anterior, se requiere habilitar el Formulario No. 445 “Declaración Impuesto Complementario de Normalización Tributaria” para que los contribuyentes declaren, presenten y paguen el impuesto de normalización tributaria complementario al impuesto sobre la renta, correspondiente al año gravable 2022,
Que el proyecto de resolución se publicó para comentarios de la ciudadanía en el sitio Web de la Unidad Administrativa Especial Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales -DIAN entre el 31 de diciembre de 2021 y el 10 de enero de 2022, por el término de diez 10 días calendario en cumplimiento de lo dispuesto en el numeral 8 del artículo 8 de la Ley 1437 de 2011.
Que cumplida la formalidad prevista en el numeral 8 del artículo 8 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo, el proyecto de resolución fue publicado en la página web de la Unidad Administrativa Especial Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales - DIAN.
En mérito de lo expuesto,
000023 01 FEB 2022 RESOLUCIÓN NÚMERO de Hoja No. 2
Continuación de la resolución: Por la cual se modifica el instructivo del Formulario No. 160 “Declaración Anual de Activos en el Exterior” prescrito mediante Resolución 000013 de marzo 3 de 2017 y habilitado con la Resolución 00004 del 15 de enero de 2019 y se habilita para el año gravable 2022 el Formulario No. 445 “Impuesto Complementario de Normalización Tributaria” prescrito mediante Resolución 000045 del 7 de mayo de 2020”.
RESUELVE
Artículo 1. Modificación del instructivo del Formulario 160 “Declaración Anual de Activos en el Exterior”. Modificar el contenido del instructivo de la casilla 34 Formulario No. 160 “Declaración Anual de Activos en el exterior” correspondiente al año gravable 2022, prescrito mediante la Resolución 000013 de marzo 3 de 2017 y habilitado con la Resolución 00004 del 15 de enero de 2019, diseño que forma parte integral de la presente Resolución.
La Unidad Administrativa Especial Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales -DIAN pondrá a disposición el Formulario N° 160 en forma virtual en la página web, www.dian.gov.co, para su diligenciamiento y presentación.
Los contribuyentes del impuesto sobre la renta y complementario, obligados a presentar la “Declaración Anual de Activos en el Exterior”, Formulario N° 160 deberán hacerlo a través de los servicios informáticos (SI) de Diligenciamiento, utilizando la Firma Electrónica (FE) autorizada por la Unidad Administrativa Especial Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales -DIAN. Las declaraciones presentadas por un medio diferente se tendrán como no presentadas.
Artículo 2. Habilitación del Formulario 445 “Declaración Impuesto Complementario de Normalización Tributaria”. Habilitar el Formulario No. 445 “Declaración Impuesto Complementario de Normalización Tributaria” para declarar, presentar y pagar el impuesto de normalización tributaria complementario al impuesto sobre la renta, correspondiente al año gravable 2022, diseño que forma parte integral de la presente resolución.
La Unidad Administrativa Especial Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales -DIAN pondrá a disposición el Formulario N° 445 en forma virtual en la página web, www.dian.gov.co, para su diligenciamiento y presentación.
Este Formulario es de uso obligatorio para los contribuyentes del impuesto sobre la renta o de regímenes sustitutivos del impuesto sobre la renta que tengan activos omitidos o pasivos inexistentes a primero (1) de enero de 2022.
Los contribuyentes del impuesto complementario de normalización tributaria deberán presentar la declaración a través del servicio informático (SI) de Diligenciamiento, utilizando la Firma Electrónica (FE) autorizado por la Unidad Administrativa Especial Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales -DIAN.
Artículo 3. Publicación de la resolución. Publicar la presente resolución en el Diario Oficial, de conformidad con el artículo 65 del Código Administrativo y de lo Contencioso Administrativo.
Artículo 4. Vigencia. La presente resolución rige a partir del día siguiente a la fecha de su publicación en el Diario Oficial.
PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE
Dada en Bogotá, D. C., a los 01 FEBRERO 2022
LISANDRO MANUEL JUNCO RIVEIRA
Director General
Elaboró: Lever Hadyth Márquez Sanes.