Resumen: Las entidades controladoras obligadas a preparar estados financieros consolidados y cuyas subsidiarias apliquen un marco técnico normativo diferente, deberán homologar las normas y políticas contables de los subsidiarias respecto de la controladora. Concepto 843 CTCP 14 de Agosto de 2018 Descargar PDF
Por la cual se prescribe el formato de Reporte de Conciliación Fiscal de que trata el numeral 2 del artículo 1.7.1 del Decreto 1625 del 11 de octubre de 2016, Único Reglamentario en Materia Tributaria para los períodos gravables 2018, 2019 y fracción de 2020
Por la cual se establece el grupo de obligados a suministrar información tributaria a la U.A.E. Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales DIAN, por el año gravable 2019, se señala el contenido, características técnicas para la presentación y se fijan los plazos para la entrega.
Resumen: Diversas secciones de la NIIF para las Pymes, atribuyen criterios para la capitalización de los costos de los activos, tales como las secciones 17 - Propiedades, plata y equipo y 18 - Activos intangibles; así mismo, la norma NIIF completas como fuente normativa supletiva, en los eventos en que la mencionad norma no contemple […]
Resumen: la asociación lo que hace es financiar a sus asociados, por tanto, cuando el asociado compra y la Asociación paga, se registran cuentas a cobrar al asociado y cuentas a pagar al proveedor de los bienes y servicios.
Resumen: El párrafo 29.7, de la Sección 29 de las NIIF para las PYMES, establece que para reconocer el impuesto diferido, es necesario que la entidad espere a futuro recuperar o cancelar el importe en libros del impuesto diferido, de lo contrario no se podrá hacer el citado reconocimiento.
Oficio 220-148365 Supersociedades 28 de Septiembre de 2018
Oficio 220-144269 Suepersociedades 25 de Septiembre de 2018
Oficio 220-144806 Supersociedades 26 de Septiembre de 2018
Oficio 220-139880 Supersociedades 18 de Septiembre de 2018
Oficio 220-147190 Supersociedades 27 de Septiembre de 2018
Resumen: No es viable reconocer provisiones para las retenciones en la fuente por renta e ICA ni por el IVA, pues se trata de pasivos reales.