Reintegro de aportes. Concepto N° 095030

Concepto N° 095030 18-11-2009 Dian   Ref.: Consulta Tributaria radicado número 83320 de 14/09/2009   De conformidad con el artículo 20 del Decreto 4048 de 2008 yla Orden Administrativa 000006 de 2009, este despacho es competente para absolver en sentido general las consultas que se formulen sobre la interpretación y aplicación de las normas tributarias, […]

Resolución 33 de 2019. Por el cual se establece el procedimiento para la presentación del informe local y el informe maestro de la documentación comprobatoria

Que el artículo 1° del Decreto 2442 del 27 de diciembre de 2018 modificó el artículo 1.6.1.13.2.29 del Decreto 1625 de 2016 Único Reglamentario en materia tributaria, estableció los plazos para la presentación de la documentación comprobatoria relativa al informe local y al informe maestro en forma virtual a través de los servicios informáticos electrónicos de la Unidad Administrativa Especial Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN).

Notificación correo actuaciones tributarias, la “última dirección informada por el contribuyente”, Art. 565 E.T., no puede ser otra que la informada en el RUT. Sentencia CE. 23278 de 2019

Para la notificación por correo de las actuaciones tributarias, la “última dirección informada por el contribuyente”, a que se refiere el artículo 565 del Estatuto Tributario, no puede ser otra que la consignada en la respectiva casilla de la hoja principal del RUT, porque en ella figuran los datos de identificación, ubicación y clasificación de los contribuyentes.

Monto máximo total deducción y descuento, cupo anual disponible para otorgar beneficios tributarios por inversión en investigación, desarrollo tecnológico e innovación. Dctp 705 de 2019

Que de conformidad con el parágrafo 1° del artículo 158 -1 del Estatuto Tributario, modificado por el artículo 91 de la Ley 1819 de 2016, "El Consejo Nacional de Beneficios Tributarios en Ciencia, Tecnología e Innovación (CNBT) definirá anualmente un monto máximo total de la deducción prevista en el presente artículo y del descuento establecido en el artículo 256 del Estatuto Tributario
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