Por el cual se adiciona el Capítulo XII al Título I del Decreto 2147 de 2016, para reglamentar la prórroga del término de la declaratoria de existencia de las zonas francas"
Concepto N° 095030 18-11-2009 Dian Ref.: Consulta Tributaria radicado número 83320 de 14/09/2009 De conformidad con el artículo 20 del Decreto 4048 de 2008 yla Orden Administrativa 000006 de 2009, este despacho es competente para absolver en sentido general las consultas que se formulen sobre la interpretación y aplicación de las normas tributarias, […]
Que el artículo 2° de la ,Ley 590 de 2000 "Por la cual se dictan disposiciones para promover el desarrollo de las micro, pequeñas y medianas empresas", modificado por el artículo 2° de la Ley 905 de 2004 y por el artículo 43 de la Ley 1450 de 2011, define las micro, pequeñas y medianas empresas, así:
Que el artículo 1° del Decreto 2442 del 27 de diciembre de 2018 modificó el artículo 1.6.1.13.2.29 del Decreto 1625 de 2016 Único Reglamentario en materia tributaria, estableció los plazos para la presentación de la documentación comprobatoria relativa al informe local y al informe maestro en forma virtual a través de los servicios informáticos electrónicos de la Unidad Administrativa Especial Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN).
Que conforme al artículo 260-9 del Estatuto Tributario, los contribuyentes del impuesto sobre la renta y complementario que cumplan los presupuestos allí señalados, deben presentar anualmente una Declaración Informativa de Precios de Transferencia.
Para la notificación por correo de las actuaciones tributarias, la “última dirección informada por el contribuyente”, a que se refiere el artículo 565 del Estatuto Tributario, no puede ser otra que la consignada en la respectiva casilla de la hoja principal del RUT, porque en ella figuran los datos de identificación, ubicación y clasificación de los contribuyentes.
Que el Gobierno nacional expidió el Decreto 1625 de 2016 Único Reglamentario en Materia Tributaria, para compilar y racionalizar las normas de carácter reglamentario que rigen el sector y contar con instrumentos jurídicos únicos.
Por el cual se reglamentan los artículos 100,101 Y 102 de la Ley 1943 de 2018, se sustituye el Título 4 de la Parte 6 del Libro 1 y se adiciona el Capítulo 8 Título 2 de la Parte 6 del Libro 1 del Decreto 1625 de 2016 Único Reglamentario en Materia Tributaria
Los responsables del impuesto sobre las ventas deberán entregar factura o documento equivalente por todas las operaciones que realicen.
Que de conformidad con el parágrafo 1° del artículo 158 -1 del Estatuto Tributario, modificado por el artículo 91 de la Ley 1819 de 2016, "El Consejo Nacional de Beneficios Tributarios en Ciencia, Tecnología e Innovación (CNBT) definirá anualmente un monto máximo total de la deducción prevista en el presente artículo y del descuento establecido en el artículo 256 del Estatuto Tributario
Que el Gobierno nacional expidió el Decreto 1625 de 2016. Único Reglamentario en Materia Tributaria, para compilar y racionalizar las normas de carácter reglamentario que rigen el sector y contar con instrumentos jurídicos únicos.
Que la Resolución número 000045 del 22 de agosto de 2018, modificó parcialmente la Resolución número 000060 del 30 de octubre de 2017