Oficio 220-036899 Del 16 de Junio  de 2010

ASUNTO: PERITOS – Designación de peritos por parte de los asociados.


Me refiero a su comunicación radicada en esta entidad con el número 2010-01-119611, por medio de la cual plantea la siguiente consulta:

“Si los socios de una sociedad pueden designar válidamente peritos de la lista oficial de la Cámara de Comercio, para efectos del avalúo de unas cuotas sociales de un socio que las ofrece bajo la figura de cesión, y existe discrepancia en torno a su valor”.


Sobre el particular, me permito manifestarle que salvo lo que al respecto opine la Cámara de Comercio, consideramos que revisados los requisitos que exige dicho organismo para que una persona figure en su lista de peritos, no existe restricción o impedimento alguno para que ella una vez incluida en la lista, pueda ser designada también como tal por unos asociados, a fin de dirimir una discrepancia que sobre el valor de las cuotas se presenta en una negociación.

En efecto, el artículo 346 del Código de Comercio establece que si los socios interesados en adquirir las cuotas discreparen respecto del precio o del plazo, se designarán peritos para que fijen uno u otro.  Con lo cual si existe acuerdo entre las partes en el perito o en la forma de su designación, bien pueden optar por acudir a la lista de la cámara de comercio para escoger la persona que por razón de sus conocimientos expertos podrá dirimir el conflicto surgido con ocasión de la cesión de cuotas.

De persistir el desacuerdo en la designación, las partes podrán acudir al trámite judicial previsto en el artículo 136 de la Ley 446 de 1998, con el objeto de que se fije el precio por intermedio del perito que designe la autoridad que señala la mencionada previsión.

En los anteriores términos se ha dado contestación a su consulta, no sin antes anotarle que los efectos del presente pronunciamiento son los descritos en el artículo 25 del Código Contencioso Administrativo., en desarrollo del cual esta superintendencia dentro de su competencia, ha emitido diversos pronunciamientos de gran interés, que estamos seguros le será útil consultar en nuestra pagina WEB.