Libros De Contabilidad Obligatorios Que Debe Llevar Una Sucursal De Sociedad Extranjera.

 

 

Se recibió su escrito a través de la página web de la Entidad y radicado con el número 2013-01-413927, del 23 de octubre mediante el cual consulta sobre el tema de la referencia, lo siguiente:

“Teniendo en cuenta que KTSS Corporation es un establecimiento de comercio (sucursal de una sociedad extranjera), requiero conocer que (sic) libros oficiales debe llevar, ya que la ley Cámara de Comercio en su libro VIII (sic) no es específico y solo informa que los que sean de obligatoriedad.”

Al respecto y previo a atender su solicitud, es necesario en primer lugar aclararle que las consultas que se presentan a esta Entidad se resuelven de manera general, abstracta e impersonal, de acuerdo con las facultades conferidas en ejercicio de las atribuciones de inspección, vigilancia y control de las sociedades comerciales expresamente señaladas en la Ley 222 de 1995 y se circunscribe a hacer claridad en cuanto al texto de las normas de manera general, para lo cual armoniza las disposiciones en su conjunto de acuerdo al asunto que se trate y emite su concepto, ciñéndonos en un todo a las normas vigentes sobre la materia.

En segundo lugar, entiende este Despacho que en su escrito se refiere es al título VIII del Libro II del Código de Comercio, y específicamente el artículo 488 del referido estatuto, relacionado con el marco normativo de las sociedades extranjeras su contabilidad e información financiera.

Con base en los anteriores preceptos, esta Superintendencia en relación con el tema por usted consultado se pronunció mediante el oficio 340-5695 del 23 de febrero de 1998, en el que manifestó lo siguiente:

(…)

El artículo 488 del Código de Comercio establece que las sucursales de sociedades extranjeras: “llevarán en libros registrados en la Cámara de Comercio de su domicilio y en idioma español, la contabilidad de los negocios que celebren en el país con sujeción a las leyes nacionales “. (Se subraya).

Es obligación de las sucursales de sociedades extranjeras llevar la contabilidad conforme a las prescripciones señaladas por la Ley Mercantil y demás disposiciones reglamentarias como son los Decretos 26949 y 2650 de 1993 y sus modificatorios, entre otros.

En cuanto a los libros de contabilidad obligados a llevar: