Resumen: Cada entidad debe elaborar sus políticas contables, la responsabilidad de las políticas no recae en el Contador Público, ni en la Revisoría Fiscal. Es responsabilidad de la administración de la entidad, su definición, elaboración y manteamiento, el área contable solo las implementa y las mantiene.

Concepto 475 CTCP 26 de Mayo de 2018

CONSULTA (TEXTUAL)

¿la (sic) organización, creación y redacción de las políticas contables bajo NIIF, son obligación del contador?

¿Puede un cliente, con el que se inicia la vinculación como contador externo, solicitarme la elaboración de dichas políticas, como parte de las obligaciones de la contabilidad?

¿las (sic) políticas contables, son propiedad del contador o del cliente?

Esto a (sic) razón de que el cliente para el cual estoy iniciando labores, se le informo (sic) que no había soportes de transito (sic) a la contabilidad internacional y que no tenia (sic) manual de políticas contables bajo niif (sic), y ante esto el señor pretende que la elaboración de las políticas sean realizadas de ‘ni parte por ser el contador, porque dichas políticas son mi responsabilidad adernos (sic) que son de uso mio (sic), que son necesarias para el ejercicio de mi trabajo.

Esta situación me tiene un poco tensa y deseo su concepto frente a esta discusión (sic) con mi cliente.

Cabe resaltar, que en ningún momento se hablo (sic) de que dentro de los servicios estaba realización de políticas, se hablo (sic) de manejo de la contabilidad bajo norma internacional si (sic), pero se le indico (sic), que antes de ello debía organizar ciertos aspectos.

CONSIDERACIONES Y RESPUESTA

Dentro del carácter ya indicado, las respuestas del CTCP son de naturaleza general y abstracta, dado que su no consiste en resolver problemas específicos que correspondan a un caso particular.

¿La organización, creación y redacción de las políticas contables bajo NIIF, son obligación del contador?

Las políticas contables corresponden a los principios, bases de medición, y prácticas específicas adoptados por una entidad en la elaboración y presentación de los estados financieros.

Teniendo en cuenta lo anterior, cada entidad debe elaborar sus políticas contables, siendo la administración de la entidad, quien las define, y a través del área contable las implementa y las mantiene. La responsabilidad de las políticas no recae en el contador público, ni en la revisoría fiscal (en caso de tenerla), las políticas contables deben definirse de forma conjunta con las áreas de la compañía, quienes tienen el conocimiento técnico de los procesos que se manejan y quedarán plasmadas en el Manual que la administración destine para tal Fin. Por ejemplo, si la entidad tiene procesos productivos, será el área de producción quien establezca las políticas y los procedimientos adecuados para realizar el cálculo del costo de los productos de la entidad, entre otros aspectos.

Es importante resaltar que la contabilidad se basa en principios, y para efectos del reconocimiento, medición, presentación y revelación de los hechos económicos, es imprescindible tener políticas contables definidas, las cuales deben ser extraídas del marco de Información Financiera que le sea aplicable, y adaptarse a las particularidades de la entidad.

No deben confundirse las políticas contables con las entidades contables. Las estimaciones contables hacen referencia a procedimientos para determinar el valor razonable de un activo, la determinación de la vida útil, el valor residual y el método de depreciación en los elementos de propiedad, planta y equipo, la metodología utilizada para el cálculo del deterioro en cuentas por cobrar con evidencias dé deterioro, la tasa de descuento utilizada en una medición basada en valor presente, entre muchas otras.

¿Puede un cliente, con el que se inicia una relación contractual como contador externo, solicitar Ia elaboración de las políticas contables, como parte de las obligaciones do la contabilidad?

Todas las relaciones entre el contador y su cliente deben encontrarse contractualmente pactadas. Cada vez que un contador acepte un encargo (trabajo), como puede ser el de procesar información Financiera y elaborar estados financieros de propósito general, debe cumplir con la normatividad vigente, que incluye las políticas contables elaboradas bajo las normas de información financiera. Lo anterior quiere decir, que el contador público debe asegurarse que la entidad ha seleccionado sus políticas contables de forma adecuada y que cumple las de información financiera, de no existir dichas políticas estas deben ser elaboradas de manera conjunta con las demás áreas de la entidad para lograr información financiera que sea útil a los usuarios de la misma, siempre bajo la responsabilidad de quienes integran la administración de la entidad.

¿Las políticas contables, son propiedad del contador o del cliente?

Las políticas contables corresponden a cada entidad de forma particular, por lo que son propiedad del ente económico.

En los anteriores se absuelve la consulta, indicando que para hacerlo, este organismo se ciñó a la información presentada por el consultante y los efectos de este escrito son los previstos por el artículo 28 de la Ley 1755 de 2015, los conceptos emitidos por las autoridades como respuestas a peticiones realizadas en ejercicio del derecho a formular consultas no serán de obligatorio cumplimiento o ejecución.

Para establecer la vigencia de los conceptos emitidos por el Consejo Técnico de la Contaduría Pública se requiere revisar en contexto la normativa aplicable en la fecha de expedición de la respuesta de la consulta. Adicionalmente, se debe tener en cuenta que un concepto posterior modifica los conceptos que se hayan expedido con anterioridad y que se refieran al misino tema, así no se haya efectuado referencia específica en el nuevo concepto.