(Laboral) Concepto 161652 de 2016. Liquidación de vacaciones.

Comentario: No serán base para liquidación de vacaciones los días de descanso obligatorio, ni las horas extras trabajadas por el empleado, el salario sobre el que se deben liquidar las vacaciones es valor recibido el día que comience a disfrutar las mismas, el trabajador podrá acumular máximo 4 años cuando se trate de trabajadores técnicos, especializados, de confianza.  

(Laboral) Concepto 5638. ¿Los viáticos entregados a empleados constituyen base salarial?

Comentario: Los viáticos que se entregan a los empleados de manera permanente y que son destinados para la manutención y alojamiento del empleado, son base salarial, exceptuando aquellos que se entregan para transportes y gastos de representación; no serán base salarial en ningún caso, aquellos viáticos entregados de manera extraordinaria, no habitual o poco frecuente.

(Comercial) Concepto 169966. Perdida de la persona jurídica.

Comentario: El velo jurídico decide ser levantado, cuando la compañía ha entrado en liquidación ya sea por insolvencia o por fraude; independientemente de la causa del levantamiento, este se da para que los socios sean responsables directos e ilimitadamente ante la sociedad y los terceros, sin limitarse al valor de sus aportes; teniendo como resultado la perdida de la persona jurídica en las sociedades anónimas y limitadas.

(Renta) Concepto 23931. Si los costos son rechazados por no aceptación de factura, ¿Es posible presentar otro documento, para el reconocimiento del costo?

Comentario: La DIAN se ha pronunciado aclarando que los únicos soportes permitidos para la deducción de costos y/o gastos son la factura de venta o documento equivalente, según corresponda; así pues, si estos documentos no cumplen con los requisitos de Ley, los costos y/o gastos serán rechazados sin oportunidad a ser respaldados por otro documento diferente.
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