Resumen: Una de las circunstancias para que las entidades se encuentren obligadas a tener revisor fiscal, consiste en que en el año inmediatamente anterior, presenten activos iguales o superiores a 5.000 salarios mínimos mensuales vigentes o ingresos brutos iguales o superiores a 3.000 salarios mínimos mensuales vigentes.
Concepto 838 CTCP 11 de Septiembre de 2018