Concepto 031963
Consulta si el porcentaje del 2% de retención en la fuente en los servicios integrales de salud que involucran servicios calificados y no calificados, prestados a un usuario por instituciones prestadoras de salud IPS, que comprenden hospitalización, radiología, medicamentos, exámenes y análisis de laboratorios clínicos se hace extensivo a las IPS públicas y privadas que no son responsables de renta.
Respecto al régimen tributario aplicable a las Instituciones Prestadoras de Salud este despacho se pronunció mediante Concepto No. 035711 de 2000, del cual se envía copia para su conocimiento, aclarando que el artículo 75 de la Ley 1111 de 2006 dispuso que cuando se trata se servicios integrales de salud, la tarifa de retención en la fuente aplicable será de dos por ciento (2%). De igual forma, enviamos copia del Oficio 029127 de 2007.
Finalmente le manifestamos que la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales, con el fin de facilitar a los contribuyentes, usuarios y público en general el acceso directo a sus pronunciamientos doctrinarios, ha publicado en su página de Internet www.dian.gov.co , la base de los Conceptos en materia Tributaría, Aduanera y Cambiaria expedidos desde el año 2001, a la cual se puede ingresar por el icono de “Normatividad” –“Técnica”-, dando click en el link “Doctrina Oficina Jurídica.
Cordialmente,
ISABEL CRISTINA GARCES SÁNCHEZ
Jefe División de Normativa y Doctrina Tributaria Oficina Jurídica