Resumen: El reconocimiento de los ingresos por venta de bienes, incluido los bonos otorgados por los fabricantes, debe darse en la fecha en que se cumplan los criterios para su reconocimiento. El tratamiento contable como un descuento condicionado por parte del fabricante, en este caso no sería procedente.

Concepto 931 CTCP 01 de Noviembre de 2017

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