Comentario: La Superintendencia de Industria y Comercio en esta circular ha incluido el procedimiento que deben seguir las personas naturales, entidades de naturaleza pública distintas de las sociedades de economía mixta y personas jurídicas de naturaleza privada que no están inscritas en las cámaras de comercio para el registro de sus bases de datos ante el RNBD.
Circular Externa 001 Superintendencia de Industria y Comercio 8 de Noviembre de 2016.