8 de Febrero de 2010
DIAN
Aplicación reducción arancelaria a 0%. ( Decretos 240 de enero 28, 314 de febrero 2 y 322 de febrero 3 de 2010)
PARA: Directores Seccionales
Directores Seccionales Delegadas de Impuestos y Aduanas
Directores Seccionales de Aduanas
Divisiones de Gestión de la Operación Aduanera
Importadores y demás usuarios del Comercio Exterior
FECHA: Febrero 8 de 2010
ASUNTO: Aplicación reducción arancelaria a 0%.
Decretos 240 de enero 28, 314 de febrero 2 y 322 de febrero 3 de 2010
Emitido por: DIAN
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1. Las mercancías clasificadas por las subpartidas arancelarias relacionadas en el Decreto 240 de enero 28/10, gozarán de la reducción arancelaria siempre y cuando hayan sido embarcadas a partir del 29 de enero y nacionalizadas a más tardar el 31 de marzo de 2010.
2. Las mercancías clasificadas por las subpartidas arancelarias relacionadas en los Decretos 314 de febrero 2 y 322 de febrero 3 de 2010, gozarán del diferimiento siempre y cuando hayan sido embarcadas a partir del 3 de febrero y nacionalizadas a más tardar el 31 de marzo de 2010.
Con el presente, me permito informar que mediante Decretos 240 de enero 28 de 2010 publicado en el Diario oficial No. 47.607 de enero 29/10, 314 de febrero 2 y 322 de febrero 3 publicados en el Diario oficial No. 47.612 de febrero 3/10, se estableció un gravamen arancelario de 0% para un total de 1.582 subpartidas arancelarias.
Con el fin de dar claridad sobre la debida aplicación del diferimiento arancelario, me permito señalar lo siguiente:
Para la aplicación de dicho gravamen se hace necesario que el declarante y/o importador registre en la Declaración de Importación alguna de las siguientes modalidades de importación ordinaria: C136, C236 ó C336 según sea el caso, y adicionalmente se señala que si las mercancías están exentas o excluidas del Impuesto sobre las Ventas, se deberá registrar las modalidades de importación C137, C237 ó C337.
Cualquier inquietud, por favor comunicarse con la Coordinación de Servicio de Arancel al teléfono 607-9999, extensiones 1281 / 1373, ó remitirla al correo [email protected].
Publíquese y cúmplase.
Atentamente,
Director de Gestión de Aduanas