El Consejo Técnico de la Contaduría Pública (CTCP) emitió el Concepto 2024-0356, respondiendo a inquietudes sobre la responsabilidad en la elaboración de los papeles de trabajo y la entrega de documentos extracontables por parte de los contadores públicos a los revisores fiscales. Según el CTCP, la elaboración de los papeles de trabajo es responsabilidad del contador que emite el dictamen, ya sea como revisor fiscal o auditor externo, conforme lo establece el artículo 9 de la Ley 43 de 1990. Estos documentos, considerados propiedad exclusiva del contador, deben cumplir con las Normas de Auditoría Generalmente Aceptadas (NAGA).
En cuanto a la obligación de entregar documentos extracontables, el artículo 213 del Código de Comercio otorga al revisor fiscal el derecho de inspeccionar libros, actas y papeles relacionados con la entidad, pero no se establece una obligación explícita de suministrar documentos extracontables, como análisis no vinculados directamente al registro contable. Sin embargo, la falta de entrega de información relevante puede limitar el alcance de la auditoría, afectando la opinión del revisor fiscal, lo que podría derivar en dictámenes con opiniones modificadas.
Este concepto subraya la importancia de la colaboración entre la administración, los contadores y los revisores fiscales para garantizar la transparencia y la calidad del trabajo de auditoría. Asimismo, el CTCP destaca que la preparación oportuna y adecuada de la documentación mejora la calidad del dictamen, reafirmando la necesidad de mantener estándares altos en la práctica profesional.