El Consejo Técnico de la Contaduría Pública (CTCP) ha aclarado el tratamiento contable para los descuentos condicionados en inventarios, en especial las bonificaciones por volumen. Esta guía es útil para empresas en Colombia que deben cumplir con las Normas Internacionales de Información Financiera (NIIF) y con el marco contable nacional.

Registro Contable de las Bonificaciones

Cuando una bonificación se recibe al momento de la compra, debe registrarse como una reducción en el valor del inventario. Así, el costo del inventario reflejará el valor neto real pagado. Sin embargo, si la bonificación llega después de la compra, el tratamiento contable requiere identificar si los productos permanecen en inventario o ya fueron llevados a costos de ventas:

  • En inventario: La bonificación se aplica directamente como una reducción en el valor del inventario.
  • En costos de ventas: Si los productos ya fueron vendidos, el ajuste se hace en la cuenta de costos, reduciendo el costo de ventas.

Consideraciones Técnicas

El CTCP señala que la NIC 2 y la Sección 13 del DUR 2420 de 2015 respaldan esta práctica, especificando que los descuentos y bonificaciones reducen el costo de adquisición del inventario, ayudando a reflejar fielmente los costos en los estados financieros.

Conclusión

Las empresas que aplican este tratamiento contable garantizan claridad en su información financiera y se alinean con las normas internacionales. Estas directrices del CTCP refuerzan la transparencia en el manejo de inventarios, beneficiando la confiabilidad de la información para toma de decisiones.

Ver: Concepto 324 de 2024 CTCP