Ajustes por Adopción de las NIIF para PYMES, Respuesta del CTCP
El Consejo Técnico de la Contaduría Pública (CTCP) ha emitido un concepto relacionado con los ajustes por adopción de las Normas Internacionales de Información Financiera (NIIF) para PYMES, en respuesta a una consulta sobre la permanencia de partidas registradas en el patrimonio derivadas de dicha transición. La consulta fue radicada bajo el número 2024-0373.
Resumen de la Consulta
La pregunta se centró en los ajustes contables registrados en la cuenta de "Resultados por adopción NIIF" derivados de contratos de leasing tratados inicialmente como arrendamientos operativos. La inquietud principal giró en torno a si estas partidas deben mantenerse en el patrimonio, considerando que los activos y pasivos originales han cambiado con el tiempo debido a pagos, depreciaciones o deterioros.
Consideraciones del CTCP
El organismo técnico señaló que, una vez realizados los activos o cancelados los pasivos que dieron origen al ajuste por adopción, los saldos registrados en la cuenta "Resultados por adopción NIIF" deben ser reclasificados. Estos valores pueden trasladarse a otras cuentas de ganancias acumuladas, como "Utilidades de ejercicios anteriores", quedando a disposición de los accionistas.
Asimismo, se destacó la importancia de identificar y validar que las partidas hayan sido efectivamente realizadas, en línea con la normativa vigente, antes de proceder con cualquier reclasificación.
Conceptos Relacionados
El CTCP recomendó revisar pronunciamientos previos sobre este tema, entre ellos:
- Concepto 2024-0323: ESFA – Ajustes por adopción.
- Concepto 2024-0211: Ajustes por adopción.
- Concepto 2021-0412: Baja ajustes por adopción NIIF.
La reclasificación de las partidas por adopción de las NIIF se debe realizar al concretarse los activos o pasivos que originaron el ajuste. Este procedimiento asegura la alineación con las disposiciones técnicas y jurídicas vigentes.