El Consejo Técnico de la Contaduría Pública (CTCP) emitió el concepto 2024-0361, en el cual responde a una consulta sobre la clasificación de activos por derecho de uso en los estados financieros, de acuerdo con las Normas Internacionales de Información Financiera (NIIF). Este pronunciamiento ofrece claridad sobre cómo los arrendatarios deben registrar y presentar estos activos en sus reportes contables.
Propiedad, planta y equipo o propiedad de inversión
El CTCP explica que, por regla general, los activos por derecho de uso, reconocidos bajo contratos de arrendamiento financiero, deben clasificarse como propiedades, planta y equipo, siguiendo los lineamientos de la NIC 16. Sin embargo, si estos activos se destinan a generar ingresos, pueden clasificarse como propiedades de inversión, siempre que cumplan con la definición establecida en la NIC 40.
La clasificación dependerá exclusivamente del uso que el arrendatario dé al activo, lo cual debe estar soportado por las condiciones contractuales. Este criterio permite una mayor flexibilidad, pero también exige precisión al momento de determinar el propósito del activo dentro de la operación de la empresa.
Presentación en los estados financieros
El CTCP subraya la importancia de presentar los activos por derecho de uso de forma separada en el estado de situación financiera o, en su defecto, incluirlos en las mismas partidas que corresponderían a los activos subyacentes, en caso de ser propiedad del arrendatario. Además, las notas explicativas deben detallar en qué partidas están incluidos estos activos.
Cuando se trate de activos clasificados como propiedades de inversión, estos deben mostrarse de forma independiente, reflejando su naturaleza y propósito específico en los estados financieros.
Recomendaciones y pronunciamientos relacionados
El organismo también remite a otros pronunciamientos relevantes sobre el tema, como el concepto 2020-0115, para profundizar en el tratamiento técnico-contable del derecho de uso. Además, recuerda que la interpretación y aplicación de las normas debe hacerse con base en la información y circunstancias particulares de cada caso.