CONSULTA (TEXTUAL)
“(…)
Apreciados señores del CTCP, por medio del presente, me permito formular la siguiente consulta:
Como revisor fiscal de una propiedad horizontal grupo 3, emitiré mi opinión favorable, sobre los estados financieros al cierre de diciembre 2021. Me permito consultar, cuál sería el formato de dictamen apropiado en estas circunstancias.”

CONSIDERACIONES Y CONCEPTO
El Consejo Técnico de la Contaduría Pública (CTCP) en su carácter de Organismo Orientador técnico científico de la profesión y Normalizador de las Normas de Contabilidad, de Información Financiera y de Aseguramiento de la Información, conforme a las normas legales vigentes, especialmente por lo dispuesto en la Ley 43 de 1990, la Ley 1314 de 2009, y en sus Decretos Reglamentarios, procede a dar respuesta a la consulta anterior de manera general, pues no se pretende resolver casos particulares, en los siguientes términos:

Dando respuesta a su consulta, invitamos al consultante a revisar el Documento de orientación técnica No. 17 – REVISORIA FISCAL PARA PEQUEÑAS ENTIDADES – Parte I – Tipos de Dictamen, en donde este Consejo presenta la estructura y contenido del dictamen, al igual que ejemplos referentes a los tipos de dictamen. Para efectos de acceso a dicho documento, puede consultar el siguiente enlace: https://www.ctcp.gov.co/publicaciones-ctcp/orientaciones-tecnicas?page=2

En los términos anteriores se absuelve la consulta, indicando que, para hacerlo, este organismo se ciñó a la información presentada por el consultante y los efectos de este concepto son los previstos por el artículo 28 de la Ley 1437 de 2011, modificado por el artículo 1 de la Ley 1755 de 2015.