Comentario: Antes de aplicarse la sección 15 de NIIF Pymes, se debe identificar lo siguiente, en la inversión: existencia de un acuerdo contractual y tipo de negocio conjunto, Si después de realizada dicha evaluación la inversión cumple con las condiciones para ser clasificado como una operación conjunta, en la contabilidad de cada uno de los partícipes se deberán contabilizar los activos controlados, los pasivos incurridos, la parte de los gastos y la participación de los ingresos; en caso contrario los partícipes pueden otorgar el control a un gestor, como único responsable de la inversión.

Concepto 644 CTCP 14 de Septiembre de 2016.

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