Resumen: Se recomienda como una buena práctica depreciar de forma individual cada elemento de propiedad, planta y equipo, considerando las diferencias que pueden existir en cada elemento relacionadas con su fecha de adquisición, valor residual, vida útil y componentes significativos.

CONSULTA (TEXTUAL)
Quisiera preguntar ¿porque la depreciación sobre el saldo de la cuenta es un error contable?. ¿En qué me puedo apoyar para sustentar que es un error?.

CONSIDERACIONES Y RESPUESTA
Dentro del carácter ya indicado, las respuestas del CTCP son de naturaleza general y abstracta, dado que su misión no consiste en resolver problemas específicos que correspondan a un caso particular. Además de lo anterior, el alcance de los conceptos emitidos por este Consejo se circunscribe exclusivamente a aspectos relacionados con la aplicación de las normas de contabilidad, información financiera y aseguramiento de la información.

En primer término, debemos aclarar que habiéndose emitido los decretos que ponen en vigencia los estándares de información financiera en Colombia, el tratamiento contable debe efectuarse teniendo en cuenta el marco técnico normativo que le corresponda a la entidad.

Como no se indica en la consulta el grupo al que pertenece el consultante, este concepto se elabora teniendo como referente el Marco Técnico Normativo correspondiente al Grupo 1, contenido en el Decreto Único 2420 de 2015 y sus modificaciones, es decir, la NIIF, no obstante el mismo análisis es válido para las entidades pertenecientes al grupo 2.

A continuación se transcribe el párrafo 53 de la NIC 16 Propiedades, planta y equipo, que habla sobre el importe o base depreciable de la propiedad, planta y equipo:

“53 El importe depreciable de un activo se determina después de deducir su valor residual. En la práctica, el valor residual de un activo a menudo es insignificante, y por tanto irrelevante en el cálculo del importe depreciable”.

El párrafo anterior de la NIC 16, establece que la base para depreciar será el valor del activo menos el valor residual, que en algunas ocasiones (excepto en alguna flota y equipo de transporte, inmuebles en propiedad horizontal, entre otros) podría ser inmaterial para el cálculo de la base depreciable (importe depreciable), por tanto, cuando se calcula la depreciación periódica de un activo, su base será el costo menos el valor residual, y no el saldo.

Por lo anterior, es recomendable que el importe depreciable se realice teniendo en cuenta lo siguiente:

La depreciación se deberá calcular por cada elemento de propiedad, planta y equipo, si este tuviese componentes significativos, entonces también se depreciarán de manera separada.

 El importe depreciable se encuentra compuesto de la siguiente manera: Importe depreciable = importe en libros del elemento de PPYE o componente significativo, menos el valor residual.

Los párrafos 46 y 47 de la NIC 16, establecen:

“46 En la medida que la entidad deprecie de forma separada algunas partes de un elemento de propiedades, planta y equipo, también depreciará de forma separada el resto del elemento. El resto estará integrado por las partes del elemento que individualmente no sean significativas. Si la entidad tiene diversas expectativas para cada una de esas partes, podría ser necesario emplear técnicas de aproximación para depreciar el resto, de forma que represente fielmente el patrón de consumo o la vida útil de sus componentes, o ambos.

47 La entidad podrá elegir por depreciar de forma separada las partes que compongan un elemento y no tengan un costo significativo con relación al costo total del mismo” No obstante lo anterior, en entidades donde los elementos de propiedad, planta y equipo no constituyan un valor material, se podría realizar un procedimiento simplificado.

La razón de depreciar por cada elemento de propiedad, planta y equipo se debe a que en algunas ocasiones estos podrían tener fechas de adquisición diferentes, vidas útiles diferentes y valores residuales disimiles.

Un ejemplo de lo anterior correspondería con lo siguiente:

Una entidad a diciembre 31 de 2019 tiene los siguientes saldos en maquinaria:

En el ejemplo anterior se observa que el gasto por depreciación anual corresponde a un monto de $62.375, no obstante si se realizará la depreciación sobre el total del saldo en libros de la cuenta auxiliar maquinaria y equipo, podría dar un valor de $117.667 (si la vida útil se estima en 72 meses, $706.000/6 años). El ejemplo anterior puede variar sobre cada situación particular, por lo que se propone depreciar los elementos de PPYE de manera individual como se observó en los párrafos anteriores.

Respecto de la aplicación de la depreciación, sobre el importe antes de depreciación o sobre el importe en libros (depreciado), los valores de depreciación resultan similares, para lo anterior se realizará el siguiente ejemplo:

Máquina con un costo de $120.000.000, valor residual $0, depreciando a través del método de línea recta con una vida útil de 5 años.

De acuerdo con lo anterior se tratarán dos situaciones, en la primera se depreciará sobre el importe bruto (sin depreciación) del elemento de PPYE, en la segunda se depreciará sobre su importe neto (importe en libros), de acuerdo con lo siguiente:

Al desarrollar el ejemplo, se puede observar que el gasto por depreciación del periodo es el mismo, debido al uso de la fórmula para el cálculo de la línea recta, de la siguiente manera:

 Situación 1, Costo / vida útil estimada
 Situación 2, Costo / Vida útil remanente

Utilizando el método de unidades de producción, se puede observar que el gasto por depreciación del periodo es el mismo, debido al uso de la fórmula para el cálculo de la siguiente manera:

 Situación 1, (Costo-Valor residual/ Unidades estimadas) * Unidades reales
 Situación 2, (Saldo/Unidades estimadas-Unidades reales del año anterior) * Unidades reales

Por lo anterior, será responsabilidad de la entidad determinar la forma en la que se efectuará el proceso de depreciación, no obstante se recomienda como una buena práctica depreciar de forma individual cada elemento de propiedad, planta y equipo, considerando las diferencias que pueden existir en cada elemento relacionadas con su fecha de adquisición, valor residual, vida útil y componentes significativos.

En los términos anteriores se absuelve la consulta, indicando que para hacerlo, este organismo se ciñó a la información presentada por el consultante y los efectos de este escrito son los previstos por el artículo 28 de la Ley 1755 de 2015, los conceptos emitidos por las autoridades como respuestas a peticiones realizadas en ejercicio del derecho a formular consultas no serán de obligatorio cumplimiento o ejecución.