
Un participante en un negocio conjunto reconocerá su participación en un negocio conjunto como una inversión y contabilizará esa inversión utilizando el método de la participación de acuerdo con la NIC 28 Inversiones en Asociadas y Negocios Conjuntos a menos que la entidad esté exenta de aplicar el método de la participación tal como se especifica en esa norma

Una entidad reconocerá la emisión de acciones o de otros instrumentos de patrimonio como patrimonio cuando emita esos instrumentos y otra parte esté obligada a proporcionar efectivo u otros recursos a la entidad a cambio de éstos.

Todas las aclaraciones respecto de las cifras de los estados financieros y las operaciones que las originan deberán ser resueltas por parte del administrador y el contador público de la copropiedad.

Aviso recibo de la consulta sobre el plazo en el autofinanciamiento comercial, que se sirvió formular mediante la comunicación radicada bajo el No. 2018-01-531647 del 3 de diciembre de 2018, la cual procede atender en su orden, conforme al artículo 28 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo, es decir, en ejercicio de una competencia impersonal, general y abstracta, como se refiere a continuación.

"Tratamiento de contratos de arrendamiento de bajo valor de acuerdo con la NIIF 16"

"Los nuevos marcos técnicos normativos no establecen un formato para la presentación de los estados financieros. Se enumeran elementos que, por su naturaleza y función, deben ser incorporados en cada uno de ellos.

Me refiero a la comunicación radicada por conducto de la Superintendencia de Industria y Comercio, bajo el número 2018-01-542832, en la que solicita información acerca del trámite a realizar en el momento de liquidar una sociedad S.A.S la cual se encuentra en disolución de acuerdo con la Ley 1727 de 2014

Teniendo en cuenta la información suministrada en su consulta entendemos que el CDT es transferido en administración, por ello no trataría de una transacción en la que se disponga del activo sino de un contrato en el que el activo es transferido en administración.

En relación con las cuentas de orden, el CTCP se pronunció en la orientación técnica N°001, y en los conceptos 146, 503y 675 de los años 2014, los cuales pueden consultarse en la página web www.ctcp.gov.co, enlace conceptos.

Me remito a su comunicación radicada por la WEBMASTER de esta Superintendencia bajo el número de radicado 2018-01-539003 en fecha de 7 de diciembre de 2018, y mediante la cual se solicita concepto, sobre los siguientes aspectos:

Me remito a su comunicación radicada por la WEBMASTER de esta Superintendencia bajo el número de radicado 2018-01-540532 en fecha de 10 de diciembre de 2018, y mediante la cual se solicita concepto, en relación con una SAS que se encuentra en causal de disolución por pérdidas

Aviso recibo de la consulta sobre la transformación de una sociedad en comandita luego del fallecimiento de un socio gestor, que se sirvió formular mediante la comunicación radicada bajo el No. 2018-01-538607 del 7 de diciembre de 2018, la cual procede atender en su orden, conforme al artículo 28 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo, es decir, en ejercicio de una competencia impersonal, general y abstracta, como se refiere a continuación.