Contrapartida

De Computationis Jure Opiniones

Número 730, julio 8 de 2013

Es por esto que quiero mencionar brevemente lo que el Decreto 2706 de 2012 plantea en el capítulo 6 – Inversiones.

Este capítulo comienza con el alcance, el cual menciona que allí se podrán encontrar los principios para el reconocimiento y la medición de las inversiones. Aclara que las inversiones son instrumentos financieros sobre los que la microempresa tenga el control, con el fin de obtener ingresos financieros y termina indicando que estas inversiones generalmente corresponden a instrumentos de deuda o patrimonio emitidos por terceros.

Respecto al reconocimiento inicial de este tipo de activos el decreto no menciona algo en particular, sino que hace referencia al reconocimiento general de los hechos económicos, es decir, establece que una entidad podrá reconocer una inversión cuando sea probable que se obtengan beneficios económicos futuros asociados con esta partida y que el monto de esta inversión se pueda medir con fiabilidad. En ese momento, es decir, en el momento en que la entidad adquiera la inversión, esta debe medirse por su costo histórico. Si eventualmente hay costos de transacción, estos se deben sumar al costo histórico.

Es normal que una inversión genere réditos a través del tiempo. Estos intereses que vaya generando la inversión deben ser reconocidos utilizando el método de línea recta, afectando el estado de resultados cuando se causen y una cuenta por cobrar si no se han recibido o un aumento del disponible en caso de haberlos recibido.

Respecto a la presentación, el decreto menciona que las inversiones se clasificarán como activos corrientes cuando se rediman antes de un año y que se clasificarán como activos no corrientes cuando se rediman después de un año.

Finalmente el capítulo 6 indica que para efectos de revelación una entidad que tenga inversiones debe contarles a sus usuarios dos aspectos de forma clara; el primero el valor en libros de las inversiones y el segundo los dividendos y otras distribuciones reconocidas como ingresos en el periodo.

Como se puede observar en este resumen, el tratamiento contable de las inversiones para las microempresas no tiene nada de complejidad; maneja como base de medición el costo histórico y deja de lado el valor razonable o el método de la tasa de interés efectiva para efectos de reconocer los intereses.

Jaime Arturo Marín Steevens

Contrapartida Pontificia Universidad Javeriana

Número 730, julio 8 de 2013