Información General

Entidad ante la cual se realiza el trámite:

Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionaleshttps://www.dian.gov.co

Dependencia de la entidad que resuelve el trámite:

División de Gestión de Recaudo, División de Gestión de Recaudo y Cobranzas, Grupo Interno de Trabajo de Devoluciones.

En que consiste el trámite:

Si usted es exportador, comercializador internacional (siempre y cuando haya exportado), productor de bienes exentos (de cuadernos de tipo escolar de la partida 48.20 del arancel de aduanas y de libros y revistas exentos de carácter científico y cultural según calificación del Gobierno nacional), nuevos responsables (productores carnes, leche y huevos) u originado en las retenciones por IVA que le practicaron, tiene saldos a favor originados en sus declaraciones tributarias de impuesto sobre las ventas o actos administrativos debe solicitar la devolución y/o compensación, ante las oficinas de la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales de su jurisdicción.

Este trámite está dirigido a:

Persona Natural :

– Mayor de Edad – Ciudadano Colombiano , Ciudadano Extranjero , Residente

Persona Jurídica :

Derecho Público , Derecho Privado

¿Cuáles son los requisitos y documentos que necesito para realizar este trámite?

Nombre Requisito

Observación sobre el requisito

Descripción documento

Atributo del documento

Solicitud de Devolución y/o Compensación de Ventas, en tres formatos debidamente firmados

Original

Cedula de ciudadanía del representante legal, del solicitante de la devolución o apoderado.

Fotocopia

Certificado de existencia y representación legal (no mayor a 4 meses)

Original

Poder otorgado en debida forma, cuando se actúe mediante apoderado

Original

Tarjeta profesional de Abogado

Fotocopia

Garantía Bancaria o de Compañía de Seguros (opcional) expedida con el cumplimiento de los requisitos legales, debe citarse el contenido del Artículo 860 del Estatuto Tributario, debe cubrir el monto de la solicitud de devolución y tener una vigencia de dos (2) años a partir de la presentación de la solicitud. La póliza debe estar a favor de: La Nación Unidad Administrativa Especial, Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales NIT: 800.197.268-4

Original y Copia

Recibo de pago de la prima de la póliza, compromiso de pago con la entidad o certificación acreditando el pago de la misma

Original

Certificado de existencia y representación legal de la agencia o sucursal que expide la póliza, no mayor a tres (3) meses

Original

Certificado expedido por la Superintendencia Bancaria, donde aparezca inscrito el gerente de la oficina principal que expide la póliza, con anterioridad no mayor a tres (3) meses.

Original

Certificación del revisor fiscal o contador público, según el caso, en la cual conste que se ha efectuado el ajuste de la cuenta “impuesto sobre las ventas por pagar” a cero (0). Para tal efecto en la contabilidad se deberá hacer previamente un abono en la mencionada cuenta, por un valor igual al saldo débito que la misma arroje el último día del bimestre o período objeto de la solicitud y cargar por igual valor el rubro de las cuentas por cobrar.

Original

Certificación del revisor fiscal o contador público, según el caso, en la cual conste que se ha efectuado el ajuste de la cuenta “impuesto sobre las ventas retenido” a cero (0). Para tal efecto en la contabilidad se deberá hacer previamente un abono en la mencionada cuenta, por un valor igual al saldo débito que la misma arroje el último día del período objeto de la solicitud y cargar por igual valor la cuenta “impuesto a las ventas por pagar”.

Original

Relación de impuestos descontables que originan el saldo a favor, indicando: Nombre y apellido o razón social, NIT y dirección del proveedor y el valor del impuesto descontable, certificada por revisor fiscal o contador público según el caso.

Original

Relación de importaciones, indicando el número del autoadhesivo y fecha de presentación de la declaración de importación, acreditando el valor del IVA pagado solicitado como descontable.

Original, Copia ó Fotocopia

Fecha y número de aceptación del documento de exportación, DEX, en que aparezca certificado el embarque de los bienes exportados, identificando la administración en que se presentó la declaración y en la cual se efectuó el embarque de la mercancía.

Fotocopia

Relación de los conocimientos de embarque, cartas de porte o guías aéreas en las cuales conste el número del documento, fecha, valor, cantidad de la mercancía exportada y nombre de la empresa transportadora, certificada por revisor fiscal o contador público según el caso.

Original

Certificación expedida por las sociedades de comercialización internacional, donde conste nombre y apellido o razón social y NIT del prestador del servicio, la descripción del servicio prestado, el bien resultante del mismo y el compromiso de exportarlo dentro del plazo fijado legalmente.

Original

Contrato para quienes presten los servicios en el país y se utilicen exclusivamente en el exterior, por empresas o personas sin negocios o actividades en Colombia

Fotocopia

Certificación expedida por el usuario operador en la que conste la fecha de salida al exterior, cantidad, tipos de mercancía y valor, así como la identificación del adquiriente de los bienes en el exterior y su domicilio, cuando se trate de ventas al exterior realizadas por usuarios industriales de zonas francas.

Original

Certificación firmada por revisor fiscal o contador público según el caso, en la cual conste el valor base de retención, las retenciones incluidas en la declaración objeto de solicitud de devolución, nombre o razón social, NIT y dirección de cada Agente Retenedor, el valor retenido por cada uno de estos.

Original

Factura o documento equivalente que acredita la liquidación del impuesto sobre las ventas generado por el sacrificio y/o procesamiento. (Para los productores de carnes)

Fotocopia

Relación de guías, documentos o facturas de
degüello expedidas al solicitante de la devolución, con especificación del número de los animales sacrificados y la fecha de expedición, salvo que no se requiera de tal documento (para productores de carnes)

Original

Certificación expedida por contador público o revisor fiscal en la cual se indique lo siguiente: número de animales sacrificados y su valor comercial en plaza unitario y total en la fecha de sacrificio (Para productores de carnes)

Original

Certificación expedida por contador público o revisor fiscal en la cual se indique lo siguiente: Valor del impuesto pagado de los bienes gravados con la tarifa del dos (2) por ciento (Para productores de carnes)

Original

Certificación expedida por contador público o revisor fiscal en la cual se indique lo siguiente: Relación de facturas de compra de bienes y/o servicios gravados utilizados por el productor, (quien agrega uno o varios procesos a las materia primas) indicando: nombre o razón social, NIT y dirección del proveedor, número de la factura, base gravable, tarifa del IVA a la que estuvo sujeta la operación y fecha de su contabilización (Para productores de carnes, de leche y de huevos)

Original

Certificación expedida por contador público o revisor fiscal en la cual se indique lo siguiente: Relación discriminada de ingresos por las ventas exentas, excluidas y gravadas según tarifas, realizadas por el responsable (Para productores de carnes)

Original

Certificación expedida por contador público o revisor fiscal en la cual se indique lo siguiente: La calidad de ganadero, productor o avicultor del solicitante (Para productores de leche y huevos)

Original

Certificación expedida por contador público o revisor fiscal en la cual se indique lo siguiente: Relación discriminada de los ingresos por las ventas exentas, excluidas y gravadas según tarifas, realizadas por el responsable (Para productores de leche y huevos)

Original

Certificación expedida por contador público o revisor fiscal en la cual se indique lo siguiente: Monto del IVA asumido cuando realicen compras o adquieran servicios gravados con personas pertenecientes al régimen simplificado, por el valor del impuesto retenido sobre dichas transacciones, que tenga la calidad de descontable por generarse sobre bienes o servicios que constituyen costo o gasto de la actividad (Para productores de leche y huevos)

Original

Tarjeta Profesional de Contador Público o revisor fiscal que firma las certificaciones

Fotocopia

Antecedentes disciplinarios del contador público o revisor fiscal, expedido por la Junta Central de Contadores o entidad competente, con máximo tres (3) meses de vigencia

Original

Presentación personal

La solicitud deberá presentarse por el representante legal, por persona natural (declarante) o apoderado, en la administración de impuestos competente que corresponda a la jurisdicción de su domicilio social principal, o asiento principal de sus negocios

Cumplimiento de tiempos

La solicitud de devolución y/o compensación deberá presentarse a más tardar dos (2) años después de la fecha del vencimiento del término para declarar o de la ejecutoria del acto administrativo que determinó el saldo a favor.

Cumplimiento de especificaciones o estándares

Únicamente conservaran la calidad de bienes y servicios exentos con derecho a devolución: los bienes corporales muebles que se exporten o se vendan en el país a las sociedades de comercialización internacional, siempre que hayan de ser exportados.

Cumplimiento de especificaciones o estándares

Únicamente conservaran la calidad de bienes y servicios exentos con derecho a devolución: Los cuadernos de tipo escolar de la partida 48.20 del arancel de aduanas, los libros y revistas de carácter científico y cultural

Cumplimiento de especificaciones o estándares

También esta exento el alcohol carburante, con destino a la mezcla con gasolina para los vehículos automotores.

Cumplimiento de especificaciones o estándares

Son exentos los servicios que sean prestados en el país en desarrollo de un contrato escrito y se utilicen exclusivamente en el exterior, por empresas o personas sin negocios o actividades en Colombia

Cumplimiento de especificaciones o estándares

Son exentos, los servicios turísticos prestados a residentes en el exterior que sean utilizados en territorio colombiano, originados en paquetes vendidos en el exterior y vendidos por agencias u hoteles inscritos en Registro Nacional de Turismo.

Cumplimiento de especificaciones o estándares

Podrán solicitar devolución y/o compensación los Nuevos Responsables que realicen operaciones exentas (los productores de carnes, de leche y de huevos)

Cumplimiento de especificaciones o estándares

Podrán solicitar devolución y/o compensación los responsables del régimen común que hayan sido objeto de retención en la fuente por impuesto sobre las ventas y que éstas, las hayan incluido en la declaración de ventas del período correspondiente

Qué pasos debo seguir para realizar este trámite?

1. Radicar la solicitud de Devolución y/o Compensación

Medios

Oficina de la entidad

Presentar la solicitud de devolución y/o compensación sin enmendaduras con los documentos soportes en una carpeta, en la División o Grupo de Devoluciones o Recaudación de la administración de su jurisdicción

2. Notificarse del Acto Administrativo

Medios

Oficina de la entidad

Recibir copia del acto administrativo por correo certificado

3. Recibir monto de la devolución

Medios

Oficina de la entidad

Recibir el cheque correspondiente en la administración donde presento la solicitud de devolución (cuando la devolución no supere los $23.763.000)

4. Recibir monto de la devolución

Medios

Otro

Entidad Financiera donde la DIAN tenga convenio para realizar el pago, entrega del cheque o Tidis (cuando la devolución supere los $23.763.000)

5. Recibir monto de la devolución

Medios

Otro

Hacer efectivo el abono en cuenta (el monto de la devolución es consignado en la cuenta corriente registrada en el formulario de solicitud (cuando no supere el valor de $23.763.000)

¿Cuándo puedo realizar este trámite?

En cualquier fecha: Sí

¿Dónde puedo realizar este trámite?

PUNTOS DE ATENCIÓN

DEPARTAMENTO

MUNICIPIO

Dirección

Teléfono

Horario de Atención Oficina

Dirección Seccional de Impuestos de Bogotá

Bogotá D.C.

Bogotá

Carrera 6a No. 15 – 32

(1)3433000

Lunes a Viernes de 8:00 a.m. a 5:00 p.m.

Dirección Seccional Grandes Contribuyentes

Bogotá D.C.

Bogotá

Carrera 7 No. 34 – 65 Mezanine

(1)3325100

Lunes a viernes de 8:30 a.m a 5:20 p.m

Dirección Seccional de Impuestos y Aduanas de Armenia

Quindio

Armenia

Carrera 14 Calle 21 Esquina Piso 1o.

(6)7440871

Lunes a viernes de 7:30 a.m a 12:00 m y de 2:00 a.m a 6:15 p.m

Dirección Seccional de Impuestos y Aduanas de Arauca

Arauca

Arauca

Carrera 20 Calle 31 Esquina

(7)8852209

Lunes a viernes de 8:10 a.m. a 5:00 p.m.

Dirección Seccional de Impuestos y Aduanas de Barrancabermeja

Santander

Barrancabermeja

Calle 49 No. 9 – 09 Edificio Luisa

(7)6221905

Lunes a Viernes de 8:00 a.m. a 5:00 p.m.

Dirección Seccional de Impuestos de Barranquilla

Atlántico

Barranquilla

Avenida Hamburgo Carrera 30 Piso 1o.

(5)3799090

Lunes a Viernes de 8:00 a.m.a 12:00 m y de 2:00 p.m. a 5:00 p.m.

Dirección Seccional de Impuestos y Aduanas de Bucaramanga

Santander

Bucaramanga

Calle 36 No. 14 – 05

(7)6309444

Lunes a Viernes de 8:12 a.m a 5:00 p.m.

Dirección Seccional de Impuestos y Aduanas de Buenaventura

Valle del Cauca

Buenaventura

Calle 3 No. 2 A – 18

(2)2422405

Lunes a Viernes de 8:00 a.m. a 12:00 m y de 2:00 p.m. a 6:00 p.m.

Dirección Seccional de Impuestos de Cali

Valle del Cauca

Cali

Calle 11 No. 3-18 Sede Centro

(2)6818796 -(2)6812187

Lunes a Viernes de 8:00 a.m. a 5:00 p.m.

Dirección Seccional de Impuestos de Cartagena

Bolìvar

Cartagena

Manga 3a. Avenida No. 25 – 76

(5)6607660

Lunes a Viernes de 8:00 a.m.a 12:30 m y de 2:00 p.m. a 5:30 p.m.

Dirección Seccional Delegada de Impuestos y Aduanas de Cartago

Valle del Cauca

Cartago

Peatonal Calle 13 No.4-94 Piso 1o.

(2)2118974

Lunes a Viernes de 8:00 a.m. a 5:00 p.m.

Dirección Seccional de Impuestos de Cúcuta

Norte de Santander

Cúcuta

Calle 8A entre Avenidas 3 y 4 Edificio Santander Palacio Nacional Of. 101/ 202

(7)5712438

Lunes a Viernes de 7:30 a.m a 12:00 m y de 1:40 p.m. a 6:00 p.m.

Dirección Seccional de Impuestos y Aduanas de Florencia

Caquetá

Florencia

Carrera 11 No. 13 – 39 Piso 1o.

(8)4351700

Lunes a Viernes de 7:00 a.m. a 7:00 p.m.

Dirección Seccional de Impuestos y Aduanas de Girardot

Cundinamarca

Girardot

Calle 17 No. 11-21. Palacio Municipal Oficinas 502 y 503

(1)8331010

Lunes a Jueves de 7:00 a.m. a 12:00 m y de 2:00 p.m a 6:00 p.m. Viernes de 7:30 a.m. a 12:00 m y de 2:00 p.m. a 5:30 p.m.

Dirección Seccional de Impuestos y Aduanas de Ibagué

Tolima

Ibagué

Carrera 3a No. 9 – 01 Piso 1o.

(8)2611291

Lunes a viernes de 7:30 a.m a 12:00 m y de 2:00 p.m a 6:15 p.m

Dirección Seccional de Impuestos y Aduanas de Inírida

Guainía

Inírida

Carrera 18 No. 10 – 24 B Los Comuneros Piso 1o

(8)5656300

Lunes a Jueves de 7:00 a.m. a 12:00 m y de 2:00 p.m a 6:00 p.m. Viernes de 7:00 a.m. a 12:00 m y de 2:00 p.m. a 5:00 p.m.

Dirección Seccional de Impuestos y Aduanas de Ipiales

Nariño

Ipiales

Atención temporal por remodelación Carrera 4a No. 14 – 76

(2)7732280

Lunes a Viernes de 8:00 a.m. a 4:00 p.m.

Dirección Seccional de Impuestos y Aduanas de Leticia

Amázonas

Leticia

Carrera 11 No. 8 – 25. Piso 1o

(8)5925140

Lunes a Viernes de 7:15 a.m a 12:00 m y de 2:00 p.m. a 6:03 p.m.

Dirección Seccional de Impuestos y Aduanas de Maicao

Riohacha

Maicao

Calle 16 Base Militar José Antonio Galán

(5)7252122

Lunes a Viernes de 8:00 a.m. a 5:00 p.m.

Dirección Seccional de Impuestos y Aduanas de Manizales

Caldas

Manizales

Calle 22 No. 23 – 17 Edificio Manuel Sanz

(6)8844751

Lunes a Viernes de 7:30 a.m.a 12:00 m y de 2:00 p.m. a 6:15 p.m.

Dirección Seccional de Impuestos de Medellín

Antioquia

Medellín

Carrera 52 No. 42 – 43 Edificio La Alpujarra

(4)3811313

Lunes a Viernes de 8:15 a.m. a 4:15 p.m.

Dirección Seccional de Impuestos y Aduanas de Mitú

Vaupés

Mitú

Carrera 13A No. 15 – 50 Parque Principal

(8)5642468

Lunes a Viernes de 8:00 a.m. a 12:30 m y de 2:00 p.m. a 6:30 p.m.

Dirección Seccional de Impuestos y Aduanas de Montería

Córdoba

Montería

Carrera 2ª No. 33 – 40 Palacio Nal Piso 3o.

(4)7824305

Lunes a Jueves de 7:30 a.m. a 12:00 m y de 1:30 p.m a 6:00 p.m. Viernes de 7:30 a.m. a 12:00 m y de 1:30 p.m. a 5:00 p.m.

Dirección Seccional de Impuestos y Aduanas de Neiva

Huila

Neiva

Calle 7 No. 6 – 36 Edificio Nacional

(8)8711616

Lunes a Viernes de 7:30 a.m. a 12:00 m y de 2:00 p.m. a 6:15 p.m.

Dirección Seccional de Impuestos y Aduanas de Palmira

Valle del Cauca

Palmira

Carrera 28 No. 27 – 68 Piso 2o.

(2)2750514

Lunes a Viernes de 7:00 a.m. a 5:30 p.m.

Dirección Seccional de Impuestos y Aduanas de Pasto

Nariño

Pasto

Calle 16 No. 21A – 53 Edificio Proinco Piso 1o.

(2)7201899

Lunes a Viernes de 8:00 a.m. a 4:00 p.m.

Dirección Seccional de Impuestos y Aduanas de Pamplona

Norte de Santander

Pamplona

Carrera 5 No. 3 – 94 Centro

(7) 5682523

Lunes a viernes de 8:10a.m a 5:00 p.m

Dirección Seccional de Impuestos y Aduanas de Pereira

Risaralda

Pereira

Carrera 15 No. 14 – 05 Edificio Pinares Plaza Piso 1o.

(6)3150500

Lunes a Viernes de 7:30 a.m. a 12:00 m y de 1:45 p.m. a 6:00 p.m.

Dirección Seccional de Impuestos y Aduanas de Popayán

Cauca

Popayán

Calle 3 No. 3 – 31 Palacio Nacional Piso 1o.

(2)8240360

Lunes a Viernes de 8:00 a.m. a 4:00 p.m.

Dirección Seccional de Impuestos y Aduanas de Puerto Asís

Putumayo

Puerto Asís

Carrera 21 No. 16 – 150 Barrio 20 de Julio

(8)4227786

Lunes a Viernes de 7:00 a.m. a 5:00 p.m.

Dirección Seccional de Impuestos y Aduanas de Puerto Carreño

Vichada

Puerto Careño

Calle 18 No. 4 – 05 Centro

(8)5654445

Lunes a viernes de 7:00 a.m a 12:00 m y de 2:00 p.m a 5:00 p.m

Dirección Seccional de Impuestos y Aduanas de Quibdó

Chocó

Quibdó

Calle 24 No 1 – 30 Palacio Nacional Oficina. 203

(4)6711436

Lunes a Viernes de 7:30 a.m. a 12:00 m y de 2:00 p.m. a 6:15 p.m.

Dirección Seccional de Impuestos y Aduanas de Riohacha

La Guajira

Riohacha

Calle 2 No. 6 – 48 pisos 2 y 3

(5)7271410

Lunes a viernes de 8:30 a.m a 5:20 p.m

Dirección Seccional de Impuestos y Aduanas de San Andrés

San Andrés, Providencia y Santa Catalina

San Andrés

Avenida Newball Muelle Marítimo

(8)5128493

Lunes a Viernes de 8:00 a.m. a 12:30 m y de 2:00 p.m. a 6:30 p.m.

Dirección Seccional de Impuestos y Aduanas de San José del Guaviare

Guaviare

San José del Guaviare

Carrera 24 No. 8 – 91

(8)5849658

Lunes a Jueves de 7:30 a.m. a 12:30 m y de 2:30 p.m a 6:00 p.m. Viernes de 7:30 a.m. a 12:30 m y de 2:30 p.m. a 5:00 p.m.

Dirección Seccional de Impuestos y Aduanas de Santa Marta

Magdalena

Santa Marta

Carrera 5 No. 17 – 04

(5)4210958

Lunes a Viernes de 7:30 a.m. a 12:00 m y de 2:00 p.m. a 6:30 p.m.

Dirección Seccional de Impuestos y Aduanas de Sincelejo

Sucre

Sincelejo

Calle 23 No. 18 – 77

(5)2820819

Lunes a Viernes de 7:30 a.m. a 12:00 m y de 1:30 p.m a 5:45 p.m.

Dirección Seccional de Impuestos y Aduanas de Sogamoso

Boyacá

Sogamoso

Calle 13 No. 10 – 7 Piso 2o.

(8)7726669

Lunes a Jueves de 7:30 a.m. a 12:00 m y de 2:00 p.m a 6:15 p.m. Viernes de 7:00 a.m. a 4:00 p.m.

Dirección Seccional de Impuestos y Aduanas de Tulúa

Valle del Cauca

Tulúa

Carrera 26 No. 27 – 82

(2)2244132

Lunes a Viernes de 8:00 a.m. a 5:15 p.m.

Dirección Seccional de Impuestos y Aduanas de Tunja

Boyacá

Tunja

Calle 20 No. 9 – 40 Piso 1o.

(8)7440482

Lunes a Jueves de 7:30 a.m. a 12:15 m y de 2:00 p.m a 6:00 p.m. Viernes de 7:30 a.m. a 5:00 p.m.

Dirección Seccional Delegada de Impuestos y Aduanas de Tumaco

Nariño

Tumaco

Edificio Aduana Parque Colón Esquina

(2)7272390

Lunes a Viernes de 8:00 a.m. a 6:00 p.m.

Dirección Seccional de Impuestos y Aduanas de Urabá

Antioquia

Urabá

Avenida La Playa

(4)8272210

Lunes a Viernes de 7:30 a.m. a 4:30 p.m.

Dirección Seccional de Impuestos y Aduanas de Valledupar

Cesar

Valledupar

Calle 16 No. 9 – 30 Piso 1o.

(5)5806518

Lunes a Viernes de 8:12 a.m. a 5:00 p.m.

Dirección Seccional de Impuestos y Aduanas de Villavicencio

Meta

Villavicencio

Calle 39 No. 32 – 26 Sede Centro

(8)6623900

Lunes a Viernes de 7:30 a.m. a 4:45 p.m.

Dirección Seccional de Impuestos y Aduanas de Yopal

Casanare

Yopal

Carrera 20 No. 7 – 65

(8)6347631

Lunes a Jueves de 7:30 a.m. a 12:00 m y de 1:30 p.m a 7:00 p.m. Viernes de 8:00 a.m. a 12:00 m y de 2:00 p.m. a 7:00 p.m.

¿Cuál es el resultado de este trámite?

Condición

Descripción

Plazo

Aproximado

Forma de Envío

Dentro de los 30 días siguientes a la solicitud presentada en debida forma o 10 días si es presentada con garantía

Resolución de Devolución y/o Compensación

30 – Días

Correo certificado
Prensa
Reclamar en oficina

Dentro de los 15 días siguientes a la fecha de radicación o dentro de los 10 días si es presentada con garantía

Auto Inadmisorio (incumplimiento de requisitos ) que pueden subsanarse dentro del mes siguiente

15 – Días

No

Correo certificado
Prensa
Reclamar en oficina

Dentro del proceso de devolución y/o compensación

Auto de adición de términos (Cuando la solicitud de devolución o compensación se formule dentro de los dos (2) meses siguientes a la presentación de la declaración de ventas objeto de solicitud, la Administración de Impuestos Nacionales dispondrá de un término adicional de un (1) mes para efectuar la devolución)

30 – Días

No

Reclamar en oficina
Correo normal

Se profiere dentro de los 30 días siguientes a la solicitud

Auto de Trámite de Suspensión de Términos (Dentro del proceso de revisión se podrá adelantar investigaciones interrumpiendo los 30 días hábiles, hasta por 90 días) para que la División de Fiscalización o quien haga sus veces adelante las correspondientes verificaciones

30 – Días

No

Reclamar en oficina
Correo normal

Dentro de los 30 0 10 días si es presentada con garantía, siguientes a la solicitud.

Resolución de Rechazo (se rechazará en forma definitiva cuando fueren presentadas extemporáneamente, el saldo materia de la solicitud ya haya sido objeto de devolución, compensación o imputación anterior, cuando dentro del término de la investigación previa de la solicitud de devolución o compensación, como resultado de la corrección efectuada por el contribuyente o responsable, se genera un saldo a pagar)

30 – Días

Correo certificado
Prensa
Reclamar en oficina

¿Puedo hacer seguimiento al resultado del trámite?

Posibilidad de hacer Seguimiento: Sí

Medio

Descripción

Datos Necesarios

Físicamente en las oficinas

El contribuyente puede acercarse personalmente a la División de Gestión de Recaudo, División de Gestión de Recaudo y Cobranzas, Grupo Interno de Trabajo de Devoluciones., en el lugar donde presento la solicitud

– Número de Radicación

¿Cuál es la vigencia del resultado de este trámite?

Este trámite tiene vigencia indefinida

¿Cuál es la normatividad que regula este trámite?

Tipo de Norma

Número

Año

Decreto

624 Estatuto Tributario. (artículos 850 al 865 Devoluciones),(artículos 437 a 446 Responsables del impuesto) (artículos 447 4 467 Base gravables) (artículos 468 a 476-1 Tarifas) (artículos 477 a 482-1 Bienes exentos) (artículos 483 a 498 determinación del impuesto a cargo del responsable del régimen común) (artículos 499 a 506 régimen simplificado) (artículos 507 a 513 Procedimiento y actuaciones especiales en el impuesto sobre las ventas)

1989

Decreto

380 Por el cual se reglamenta parcialmente la Ley 223 de 1995 – Retención en la fuente del IVA

1996

Decreto

1000 Por el cual se reglamenta parcialmente el procedimiento de devoluciones y compensaciones y se dictan otras disposiciones

1997

Reglamento Interno

Orden Administrativa No. 004 Para el estudio e investigación previa de las solicitudes de devolución y/o compensación e imputación incluidas y predevoluciones

2002

Ley

788 Por la cual se expiden normas en materia tributaria y penal del orden nacional y territorial, y se dictan otras disposiciones

2002

Decreto

522 Por el cual se reglamentan parcialmente la Ley 788 de 2002 y el Estatuto Tributario

2003

Decreto

4714 Por el cual se fijan los lugares y plazos para la presentación de las declaraciones tributarias y para el pago de los impuestos, anticipos y retenciones en la fuente y se dictan otras disposiciones

2005