También son características de las BIC: “8. Incentivan las actividades de voluntariado y crean alianzas con fundaciones que apoyen obras sociales en interés de la comunidad.

Contrapartida Pontificia Universidad Javeriana

De Computationis Jure Opiniones
Número 3646, Julio 02 de 2018

―9. Adquieren bienes o contratan servicios de empresas de origen local o que pertenezcan a mujeres y minorías. Además, dan preferencia en la celebración de contratos a los proveedores de bienes y servicios que implementan normas equitativas y ambientales.

―10. Efectúan, anualmente, auditorías ambientales sobre eficiencia en uso de energía, agua y desechos y divulgan los resultados al público en general y capacitan a sus empleados en la misión social y ambiental de la sociedad.

―11. Supervisan las emisiones de gases invernadero generadas a causa de la actividad empresarial, implementan programas de reciclaje o de reutilización de desperdicios, aumentan progresivamente las fuentes de energía renovable utilizadas por la sociedad y motivan a sus proveedores a realizar sus propias evaluaciones y auditorías ambientales en relación con el uso de electricidad y agua, generación de desechos, emisiones de gases de efecto invernadero y empleo de energías renovables.

―12. Utilizan sistemas de iluminación energéticamente eficientes y otorgan incentivos a los trabajadores por utilizar en su desplazamiento al trabajo, medios de transporte ambientalmente sostenibles.

―13. Divulgan ante sus trabajadores los estados financieros de la sociedad.

―14. Expresan la misión de la sociedad en los diversos documentos de la empresa.

―15. Implementan prácticas de comercio justo y promueven programas para que los proveedores se conviertan en dueños colectivos de la sociedad, con el fin de ayudar a estos para salir de la pobreza.”

Nuestra primera reacción al leer tan amplia enumeración fue que todas esas prácticas deberían ser observadas por todas las entidades, gubernamentales o privadas. Para nosotros la responsabilidad social es un imperativo moral, que el Derecho debería reconocer.

Sabemos que muchos opinan que en tales condiciones una empresa no puede sobrevivir, por el alto costo de esas estrategias.

Nosotros creemos que hay que abrir el debate sobre la remuneración del capital frente a la de los servicios personales. No conocemos criterios razonables que pudieran utilizarse para aclarar la situación. Son bienvenidos.

Por otra parte, profesionalmente hemos acompañado empresas cuya carga laboral es insostenible. Conocemos casos de personas que tienen tal apego a sus empresas que trabajan para ellas, aunque no les paguen sus sueldos. Y conocemos otros en los cuales los trabajadores son incapaces de echarse las empresas encima y sacarlas al otro lado. Esto sucede, de una parte, porque los acreedores de capitales los vencen y de otra porque el personal directivo simplemente se va a otras empresas. En fin… Es un excelente tema para que los contadores colombianos tengan ideas claras, en interés público.

Hernando Bermúdez Gómez

De Computationis Jure Opiniones
Número 3646, Julio 02 de 2018

Tomado de: https://www.javeriana.edu.co/personales/hbermude/contrapartida/