Avanza el mes de febrero y si nos atenemos a los vencimientos hasta ahora conocidos, la declaración de renta podría ser presentada a partir de marzo 1º próximo. Para hacerlo, necesariamente debe conocerse el formulario de declaración, cuyo diseño y publicación corresponde a la DIAN, entidad que este año, por segundo consecutivo, genera retrasos por no dar a conocer el diseño del formulario que habrá de aplicarse para cumplir este deber formal.

Hay inquietud entre los contribuyentes porque uno de los valores de la información es su “oportunidad” y dicho valor se está perdiendo con el retraso que origina la DIAN en el cumplimiento de su obligación legal. Seguramente tendremos formato 1732 (versión mejorada) pero esa no puede ser la razón para justificar el retraso que se comenta.

La reforma ha dispuesto para los productores de bienes exentos, que la solicitud de sus saldos a favor del IVA depende del cumplimiento de la obligación de presentar declaración de renta. El retraso en la publicación del formulario y el posible aplazamiento del inicio del término para poder declarar, afecta negativamente a los responsables del IVA que tienen saldos a favor pendientes de solicitud.

En fin, si los contribuyentes están compelidos a cumplir, lo menos que se espera es que la DIAN facilite el cumplimiento de ese deber, dando a conocer oportunamente el formato, para que quienes atienden esas tareas puedan programar debidamente sus obligaciones. Claramente, el formulario no es solamente para rellenarlo y presentarlo. Hoy existen aplicativos para elaborar la declaración, y en los mismos el formulario se diligencia de manera automática. Mientras no se conozca el formulario, el aplicativo tampoco funciona y en esa cadena, solo hay retrasos y a la postre, trasnoches venideros.

De otro lado, la reforma tributaria estableció nuevos periodos para las declaraciones de IVA y creó el impuesto al consumo. Para hacer su presentación, no solo se requiere el diseño de los formularios (que ya los conocemos) sino los plazos para ello. Hubo un proyecto de decreto que circuló hace unas semanas, que aún no se expide como reglamento oficial, impidiendo planear y terminar los calendarios tributarios, tan acostumbrados y necesarios dentro del cumplimiento de estar rutinas. 

Finalmente, la reforma tributaria trajo consigo una regla de saneamiento de declaraciones de retención ineficaces. Quienes tienen el problema y han querido acogerse a la norma, intentan por medio del sistema virtual presentar la declaración, pero el sistema no se las recibe porque la declaración ineficaz está alimentada dentro del sistema y no admite corrección con valores idénticos. Rápidamente hay que dar solución al tema y darle información a los “clientes” de la DIAN para que puedan culminar exitosamente esas diligencias.


Tomado de: Orlando Corredor Alejo