embarazo

Fuente : https://www.senado.gov.co/

Por parto múltiple la madre tendrá una licencia de 16 semanas y en caso de fallecimiento, el padre se hará beneficiario del tiempo que dispone la ley.

Se trata de la Ley que consagra la licencia de dos semanas previas al parto  y de la ampliación de la licencia de maternidad de 12 a 16 semanas, un alcance esencial para la población femenina del país.

La iniciativa es un paso en la dirección correcta para el mejoramiento de la salud de las madres y los niños que podrán ser recibidos sin sobresaltos y en mejores condiciones de parto.

La ley es una iniciativa del senador Juan Lozano, del Partido de la U. Fue aprobada con el concurso de todas las bancadas del Congreso y se convirtió en bandera de la Bancada de Mujeres que logró surtir su trámite con el apoyo de todos los partidos y de la mano de la senadora Dilian Francisca Toro, del Partido de la U, como ponente.

“En Colombia las  mujeres madres cabeza de familia tienen que laborar incluso unas horas antes del parto, lo que complica  el estado de salud de la gestante y en ocasiones  puede  afectar la vida y la salud del recién nacido”, aseguró el senador Lozano.

El proyecto surtió todos los trámites legislativos y ahora pasa a sanción presidencial y luego a la Corte Constitucional que revisará que el articulado se ajuste a los mandatos de la Carta Magna.


Lo importante

Esta ley modifica el artículo 236 del Código Sustantivo del Trabajo, que se refiere al descanso remunerado en la época de parto. Además adiciona los artículos 57 y 58 para que las madres dediquen este tiempo a cuidarse y evitar accidentes en las últimas semanas, que son las que mayor riesgos presentan para ellas y para los niños al nacer.

Esta Ley beneficia a todas las mujeres trabajadoras embarazadas de Colombia. Implica al mismo tiempo su deber de proteger su salud y la de su hijo y  consagra como obligación del empleador el conceder oportunamente la licencia para que la mujer embarazada empiece su disfrute al menos dos semanas antes de la fecha prevista para el parto

En el caso de que el niño nazca prematuro, se concederán las semanas que le hagan  falta a la madre entre el tiempo que tiene de gestación y el término de la licencia.

Por parto múltiple la licencia será de 16 semanas  y en caso de que la madre fallezca, el padre se hará beneficiario de la licencia que ordena la ley.