Lo ha hecho mediante la Resolución 0016 de marzo 15 del año que corre, cuya publicación se ha dado en el diario oficial 50182 del día 21 de marzo.

En consecuencia, acorde con la citada Resolución, los nuevos vencimientos para la presentación de los medios magnéticos correspondientes al año 2016 son:

GRANDES CONTRIBUYENTES:

ÚLTIMO DÍGITO  FECHA
4 18 de Abril de 2017
5 19 de Abril de 2017
6 20 de Abril de 2017
7 21 de Abril de 2017
8 24 DE Abril de 2017
9 25 de Abril de 2017
0 26 de Abril de 2017
1 27 de Abril de 2017
2 28 de Abril de 2017
3 02 de Mayo de 2017

PERSONAS JURÍDICAS Y NATURALES:

ÚLTIMO DÍGITO  FECHA
31 a 35 03 de Mayo de 2017
36 a 40 04 de Mayo de 2017
41 a 45 05 de Mayo de 2017
46 a50 08 de Mayo de 2017
51 a 55 09 de Mayo de 2017
56 a 60 10 de Mayo de 2017
61 a 65 11 de Mayo de 2017
66 a 70 12 de Mayo de 2017
71 a 75 15 de Mayo de 2017
76 a 80 16 de Mayo de 2017
81 a 85 17 de Mayo de 2017
86 a 90 18 de Mayo de 2017
91 a 95 19 de Mayo de 2017
96 a 00 22 de Mayo de 2017
01 a 05 23 de Mayo de 2017
06 a 10 24 de Mayo de 2017
11 a 15 25 de Mayo de 2017
16 a 20 26 de Mayo de 2017
21 a 25 30 de Mayo de 2017
26 a 30 31 de Mayo de 2017

De la mayor importancia resaltar que los Grandes Contribuyentes y las Personas Jurídicas deberán reportar la información dentro de los plazos señalados en el presente artículo, teniendo en cuenta la calificación que tengan en el momento de informar; no considere la calificación que tenía en diciembre sino la que tenga al momento de cumplir la obligación respectiva de presentación de los medios magnéticos.

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Lo que se escribe en este documento es de carácter eminentemente analítico e informativo. Por tanto, de manera alguna comporta un asesoramiento en casos particulares y concretos ni tampoco garantiza que las autoridades correspondientes compartan nuestros puntos de vista.

Documento TRIBUTAR-io
Marzo 22 de 2017
Número 645
Redacción: J. Orlando Corredor Alejo
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