CONTRATO A TERMINO INDEFINIDO.
En este tipo de contratos no existe un término para dar preaviso al empleado y terminar la relación laboral, por lo tanto si se desea terminar el contrato de trabajo sin justa causa el empleador deberá proceder a liquidar la correspondiente indemnización de la siguiente manera:
1. Trabajadores salario inferior a diez SMMLV.
a. 30 días de salario cuando el empleado este vinculado por un tiempo no mayor de 1 año.
b. Si el empleado estuvo vinculado por un termino mayor a un año se liquidara así:
i. 30 días por el primer año de servicio
ii. 20 días mas por cada año adicional de servicio, y de manera proporcional por fracción de año. (Regla de 3 simple).
2. Trabajadores salario igual o superior a diez SMMLV.
a. 20 días de salario cuando el empleado este vinculado por un tiempo no mayor de 1 año.
b. Si el empleado estuvo vinculado por un termino mayor a un año se liquidara así:
i. 20 días por el primer año de servicio
ii. 15 días mas por cada año adicional de servicio, y de manera proporcional por fracción de año. (Regla de 3 simple).
3. Cuando el empleado se encuentre vinculado a la compañía por un termino inferior a un año la liquidación será el equivalente a 30 días de salario.
CONTRATO A TERMINO FIJO.
En los contratos a término fijo la indemnización es igual al tiempo que falte para terminar el vínculo laboral con el empleado:
Ejemplo.
Contrato laboral a 6 meses se firmo el día 1 de enero de 2012, el 1 de Marzo de 2012 se decide despedir al trabajador sin justa causa, en este caso la indemnización se contara desde el día 1 de Marzo al 1 de Julio de 2012.