CONTRATO A TERMINO INDEFINIDO.

 

En este tipo de contratos no existe un término para dar preaviso al empleado y terminar la relación laboral, por lo tanto si se desea terminar el contrato de trabajo sin justa causa el empleador deberá proceder a liquidar la correspondiente indemnización de la siguiente manera:

1. Trabajadores salario inferior a diez SMMLV.

    a. 30 días de salario cuando el empleado este vinculado por un tiempo no mayor de 1 año.

    b. Si el empleado estuvo vinculado por un termino mayor a un año se liquidara así:       

        i.    30 días por el primer año de servicio

        ii.    20 días mas por cada año adicional de servicio, y de manera proporcional por fracción de año. (Regla de 3 simple).

2. Trabajadores salario igual o superior a diez SMMLV.

     a. 20 días de salario cuando el empleado este vinculado por un tiempo no mayor de 1 año.

     b. Si el empleado estuvo vinculado por un termino mayor a un año se liquidara así:       

         i.    20 días por el primer año de servicio

         ii.    15 días mas por cada año adicional de servicio, y de manera proporcional por fracción de año. (Regla de 3 simple).

3. Cuando el empleado se encuentre vinculado a la compañía por un termino inferior a un año la liquidación será el equivalente a 30 días de salario.

CONTRATO A TERMINO FIJO.

 

En los contratos a término fijo la indemnización es igual al tiempo que falte para terminar el vínculo laboral con el empleado:

Ejemplo.

Contrato laboral a 6 meses se firmo el día 1 de enero de 2012, el 1 de Marzo de 2012 se decide despedir al trabajador sin justa causa, en este caso la indemnización se contara desde el día 1 de Marzo al 1 de Julio de 2012.