A finales de marzo de 2018 escribimos sobre todas las documentaciones necesarias para elaborar las declaraciones de impuestos de las personas jurídicas. A partir del mes de agosto de 2018 comenzarán los vencimientos de las declaraciones tributarias de las personas naturales aplicando las nuevas reglas introducidas en la reforma tributaria de la Ley 1819 de 2016.

Entre otros cambios importantes que pudieran afectar el pago de impuestos de las personas naturales es el tratamiento cedular de los ingresos fiscales en 5 categorías: Rentas de trabajo, Pensiones, Rentas de capital, Rentas no laborales y Dividendos y participaciones. La dificultad principal es el no poder aplicar los costos y gastos al conjunto de rentas obtenidas sino en cada categoría y donde las rentas trabajo y las de los trabajadores independientes tienen restricciones fuertes en cuanto a limitar sus deducciones y rentas exentas al 10%.

Otra situación compleja con las personas naturales es que no están obligados a llevar contabilidad en la mayoría de casos y por tanto los soportes de la declaración son documentales y con cruces de información obtenida en la misma página de la DIAN.

En orden de tener unos documentos básicos para cualquier declaración tendríamos por lo menos los siguientes: 1- La declaración de renta del año 2016 con sus respectivos anexos explicativos, soportes y asuntos pendientes si los hay, recordar que esta declaración no se elaboró con base en cédulas, 2- Documentos soportes del patrimonio bruto tales como certificados de saldos bancarios a diciembre 31 de 2017, inversiones en sociedades, recibos de impuestos prediales para verificar avalúos catastrales, registro de vehículos, saldo de las obligaciones con bancos y otros acreedores, previendo que se debe tener con documento de fecha cierta si no está obligado a llevar contabilidad, compras de activos en el año, ventas de activos en el año, con sus precios de adquisición y precios de venta en lo posible con los documentos que soportan la transacción,- 3- Documentos que soportan los ingresos fiscales por cada concepto, salarios, dividendos, intereses recibidos, arriendos, 4- Certificados de retención en la fuente que les practicaron, 4- Documentos de las actividades comerciales y/o de profesionales independientes con el soporte de las facturas emitidas, 5- Verificación del pago recibido de las facturas emitidas, 6- Documentos que soportan los gastos relacionados con cada actividad, 7- Aportes a la seguridad social, pensiones obligatorias y voluntarias, 8- Otros documentos relacionados con las actividades tales como contratos firmados, leasing, bienes en el exterior.

Algunos TAX TIPS adicionales pudieran ser: 1- Comparación patrimonial, 2- Movimientos bancarios por consignaciones, tarjetas de crédito, 3- Verificación de medios magnéticos presentados si estuvieren obligados; recordar que la Dian dispone de esta información.

Cordialmente,

GABRIEL VASQUEZ TRISTANCHO
Columnista Vanguardia Liberal
Tax Partner – Baker Tilly
E-mail: [email protected]
Bucaramanga, 22 de mayo de 2018