Todos los gobiernos al iniciar su período proponen una reforma tributaria antes que pase la luna de miel de la elección. El Señor Presidente electo recientemente Doctor Ivan Duque no fue la excepción. Una cosa fue la campaña y otra la realidad de gobernar y los graves problemas económicos a resolver.

Nadie tiene duda que la propuesta finalmente se resume en recaudar más dinero (14 billones); que los estratos 1 y 2 no contribuyen con impuestos directos como el de renta, que en su proporción aportan con los indirectos como el IVA; que donde finalmente el grueso del mayor recaudo propuesto en esta oportunidad va para las personas naturales tanto en renta como en IVA como consumidores finales de las clases media y alta, igualmente en sus proporciones; que otro alto porcentaje está por la ampliación de la base de IVA.

“El arte de los impuestos consiste en desplumar el ganso de forma que se obtenga la mayor cantidad de plumas con la menor cantidad de protestas”, expresión del político francés JeanBabtiste Colbert, en el siglo XVIII, la cual nos enseñó el recordado maestro Victor Renán Barco.

Las personas naturales tienen una carga muy fuerte en el proyecto de reforma, incluso eliminando el sistema cedular, comenzando por el ajuste de tarifas del impuesto y de las retenciones, la restricción de las deducciones solamente hasta el límite del 35% con un techo anual de $ 95 millones (aproximado de 240 UVT), sin planeación con aportes voluntarios a pensiones ni AFC, sin rentas exentas del 25% que en parte compensaba algunas expensas necesarias como vestuario, medicamentos no subsidiados por ningún régimen de salud, combustibles, transportes, entre otros gastos siempre objetados por las autoridades de fiscalización.

Con el sistema cedular se cometieron infinitas injusticias en la depuración real de la capacidad económica de las personas naturales como profesionales independientes (abogados, médicos, ingenieros, arquitectos, contadores), comerciantes y agricultores, al limitar las rentas exentas, las deducciones y con la subjetividad de costos y deducciones aplicables en cada cédula. A partir de 2019 con la propuesta, podrían pertenecer al régimen SIMPLE, pero igualmente hay incertidumbres por rentas combinadas con salarios, por ejemplo.

Si habían dicho palabrotas en mi oficina al presentar la renta del año 2017, primer período fiscal de aplicación de la Ley 1819 de 2016, durante el 2020 tendrán que pagar con esta reforma aplicable en a partir del año 2019, unas sumas que ni para que les daño el final de año 2018. En diciembre cuando se apruebe ya muchos habrán olvidado este artículo.

Cordialmente,

GABRIEL VASQUEZ TRISTANCHO
Columnista Vanguardia Liberal
Tax Partner – Baker Tilly
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