De Computationis Jure Opiniones Número 1849
Febrero 08 de 2016

En un país en el cual durante más de un siglo nadie se había detenido a pensar si el sistema en uso es el mejor, resulta muy difícil encontrar voces autorizadas que expresen elementos de juicio apropiados para resolver la cuestión.

Como ya es sabido, la Comisión de expertos para la equidad y competitividad tributaria ha propuesto seguir con el modelo que hemos practicado desde la implantación del impuesto de renta en el país. Nadie sabe si esto es una conclusión precedida de estudios rigurosos o si simplemente no ven más posibilidades. Esperamos que la DIAN sepa profundizar en la cuestión como se debe. La investigación académica mundial ha estudiado los sistemas de muchos países y en concreto el escenario en el cual la contabilidad financiera se rige por estándares internacionales. Ha identificado distintos modelos y ha encontrado que varios pueden funcionar. También ha puesto de presente varias estrategias que dañan la contabilidad financiera o no sirven adecuadamente a los propósitos fiscales.

Cuando se puso en vigencia el impuesto de renta en el país, la contabilidad financiera era muy débil. La legislación tributaria llenó todos los vacíos. Este hecho es muy importante. Se construyó un andamiaje a apropiado para recaudar impuestos, sin pensar si ello era adecuado para otras necesidades. Para los años 50 del siglo pasado ya había una ola de rechazos a los criterios contables impuestos por la legislación tributaria. Las actas de la Comisión Revisora del Código de Comercio dan cuenta de las varias inconformidades y de cómo en el proyecto de código se incluyeron varias normas para desprender a la contabilidad de su función fiscalista y orientarla para que sirviera para el análisis de la economía de los comerciantes.

Las necesidades de los negocios (como la compra y venta de acciones) y la defensa de los acreedores contra la quiebra, fueron nuevos horizontes. A partir de 1970 empiezan a ocurrir hechos mundiales y nacionales que cambian permanentemente los contextos. Citemos uno: la estandarización mundial, que hoy cuenta con el respaldo político del G-20, la adherencia estratégica del buen gobierno (OECD) y la exigencia técnica de la Junta de Estabilidad Financiera. Nada de eso estaba en el escenario en las primeras décadas del siglo pasado, cuando la ley fiscal construyó la contabilidad tributaria ante la debilidad de la regulación de la contabilidad financiera. Y nada de eso parece ser percibido por la citada Comisión ni, hasta el momento, por la DIAN.

El punto clave es saber si la ley tributaria seguirá entrometiéndose en la contabilidad financiera, para imponer sus criterios, basados en la eficiencia del control por parte de los recaudadores. Bien puede aprovechar los datos de la contabilidad financiera todo lo que quiera. Pero es de esperar que deje de intervenir la regulación, alejándonos de las reglas mundiales y deteriorando la eficacia de nuestros informes financieros.

Hernando Bermúdez GómezPontificia Universidad Javeriana
De Computationis Jure Opiniones
Número 1827, Enero 25 de 2016