(…)

tal como lo habíamos comentado en un editorial anterior los entes jurídicos anteriormente mencionados tenían derecho a dicho beneficio, Ver: Autoretencion Cree y Exoneración Parafiscales Consorcios y Uniones Temporales

 

 

En la reforma tributaria el Articulo 19 establece:

 

 

Art. 19. Adiciónese el inciso 3° al artículo 25 de la Ley 1607 de 2012, la cual quedará así:


“Los consorcios y uniones temporales empleadores en los cuales la totalidad de sus miembros estén exonerados del pago de los aportes parafiscales a favor del Servicio Nacional de Aprendizaje (SENA) y el Instituto Colombiano de Bienestar Familiar (ICBF) de acuerdo con los incisos anteriores y estén exonerados del pago de los aportes al Sistema de Seguridad Social en salud de acuerdo con el inciso anterior o con el parágrafo 4 del artículo 204 de la Ley 100 de 1993, estarán exonerados del pago de los aportes parafiscales a favor del SENA y el ICBF y al Sistema de Seguridad Social en Salud correspondientes a los trabajadores que devenguen, individualmente considerados, hasta diez (10) salarios mínimos mensuales legales vigentes.

 

 

Es importante resaltar que la única condición que deben tener los consorcios y/o uniones temporales es que sus miembros o participes en su totalidad cumplan los requisitos para ser beneficiarios de la exoneración.

 

 

Los incisos anteriores del art. 25 de la ley 1607 de 2012 establecen que estarán exoneradas del pago de aportes parafiscales (Sena e ICBF) y el aporte patronal a salud las personas jurídicas contribuyentes del CREE por los trabajadores que devenguen individualmente considerados, hasta diez (10) salarios mínimos mensuales legales vigentes (SMMLV), asi mismo las Personas Naturales que empleen minimo a dos trabajadores y cumplan con la anterior premisa.

 

 

Por lo tanto siempre y cuando los consorcios y uniones temporales estén conformados por cualquiera de los dos tipos de contribuyentes anteriormente mencionados, podrán aplicar la exoneración de aportes parafiscales mencionados y el aporte patronal a salud.