El gran objetivo es un presupuesto que maximice para el año siguiente el valor para los accionistas mediante un presupuesto con metas retadoras pero alcanzables.
Para el año 2.013 este proceso se desarrolló en medio de una incertidumbre generada por los efectos que se vislumbraban venir con los cambios que generaría la nueva reforma tributaria, la cual incluía el cambio entre el tradicional "impuesto a la nómina" (SENA, ICBF) por un nuevo impuesto a las utilidades con el fin de financiar a dichas entidades y al sistema de seguridad social en salud.
Actualmente estamos en el periodo de transición a la reforma tributaria, lo cual implica para el contador gerencial evaluar el impacto que tienen los cambios ocasionados por ella en el análisis de la rentabilidad del producto, al retirar del costo de producción y ventas del periodo la carga a la nómina anteriormente mencionada, con las salvedades de que tratan los artículos 25 y 31 de la Ley 1607 del 26 de diciembre de 2.012.
Igualmente es importante observar el impacto de este ahorro en el costo de producción frente a los cargos adicionales a las utilidades de período.
Un segundo punto de análisis que genera grandes cambios en la rentabilidad es el contemplado en el artículo 159 de la Ley 1607 del 26 de diciembre de 2.012, el cual adiciona al artículo 134 del estatuto tributario. La reglamentación, que es apenas lógica sobre la forma de usar los métodos acelerados de depreciación de activos fijos, exige un valor de salvamento del activo de no menos del 10% del valor del mismo para calcular la cuota acelerada de depreciación, al tiempo que elimina la posibilidad de imputar el efecto de los turnos adicionales, los cuales hasta hoy llevaban a incrementar aún más el valor de las deducciones por depreciación. Las opciones eliminadas por la reforma eran utilizadas de cara a la reducción del impuesto renta, pero dejando de lado la realidad económica de los activos fijos y su contribución a la generación de ingresos para la empresa.
Por lo pronto, mientras termina el proceso de reglamentación de la ley de reforma tributaria, es necesario que el contador gerencial analice los cambios que los citados artículos de la reforma han generado, para aislar los efectos de mejora en la rentabilidad por procesos de mejoramiento continuo al interior de la empresa, de los citados efectos tributarios.