MÓDULO 16: PROPIEDADES DE INVERSIÓN

Comparación con las NIIF completas

Una visión general, de alto nivel, de las diferencias entre los requerimientos publicados al 9 de julio de 2009 para la contabilización e información financiera de las propiedades de inversión, de acuerdo con las NIIF completas (véase la NIC 40 Propiedades de Inversión) y la NIIF para las PYMES (véase la Sección 16 Propiedades de Inversión) incluye lo siguiente:
 

• La NIIF para las PYMES está redactada en un lenguaje sencillo e incluye mucho menos orientación sobre cómo aplicar los principios.

• Las NIIF completas (NIC 40) permiten la elección de política contable entre el valor razonable con cambios en resultados o el modelo de costo-depreciación-deterioro del valor (con algunas excepciones limitadas).

Una entidad que siga el modelo de costo-depreciación- deterioro del valor está obligada a revelar información suplementaria sobre el valor razonable de sus propiedades de inversión.

• La NIIF para las PYMES no contiene una elección similar de política contable, sino que la contabilización de las propiedades de inversión depende de las circunstancias. Si una entidad conoce o puede medir el valor razonable de una partida de propiedades de inversión sin un costo o esfuerzo desproporcionado, en un contexto de negocio en marcha, debe usar el modelo del valor razonable con cambios en resultados para esa propiedad de inversión.

Debe utilizar el modelo de costo-depreciación-deterioro de la Sección 17 Propiedades, Planta y Equipo para otras propiedades de inversión. A diferencia de la NIC 40, la NIIF para las PYMES no requiere información a revelar sobre los valores razonables de las propiedades de inversión medidas sobre la base del costo.

• Para conocer las diferencias relacionadas con las pruebas de deterioro de las propiedades de inversión contabilizadas mediante el modelo de costo-depreciación-deterioro, consulte la Sección 27 Deterioro del Valor de los Activos.

MÓDULO 17: PROPIEDADES, PLANTA Y EQUIPO.

Comparación con las NIIF completas

La visión general de alto nivel realizada el 9 de julio de 2009 acerca de las diferencias entre los requerimientos de contabilización e información financiera de propiedades, planta y equipo conforme a las NIIF completas (véase la NIC 16 Propiedades, Planta y Equipo) y la NIIF para las PYMES (véase la Sección 17 Propiedades, Planta y Equipo) incluye lo siguiente:

• La NIIF para las PYMES está redactada en un lenguaje simple e incluye mucho menos orientación sobre cómo aplicar los principios.

• Las NIIF completas permiten usar el modelo de revaluación para medir propiedades, planta y equipo tras el reconocimiento inicial. La NIIF para las PYMES no.

• Las NIIF completas requieren una revisión anual del valor residual, la vida útil y el método de depreciación de las propiedades, planta y equipo. La NIIF para las PYMES requiere una revisión sólo si hay algún indicio de que se ha producido un cambio significativo desde la última fecha anual sobre la que se haya informado.

• Para conocer las diferencias relacionadas con las pruebas de deterioro del valor, véase el Módulo 27 Deterioro del Valor de los Activos.

MÓDULO 18: ACTIVOS INTANGIBLES DISTINTOS DE LA PLUSVALÍA

Comparación con las NIIF completas

La visión general de alto nivel realizada el 9 de julio de 2009 acerca de las diferencias entre los requerimientos de contabilización e información financiera de propiedades, planta y equipo conforme a las NIIF completas (véase la NIC 38 Activos Intangibles) y la NIIF para las PYMES (véase la Sección 18 Activos Intangibles Distintos de la Plusvalía) incluye lo siguiente:

• La NIIF para las PYMES está redactada en un lenguaje simple e incluye mucho menos orientación sobre cómo aplicar los principios.

• Las NIIF completas requieren que todos los costos de investigación sean considerados como gasto cuando se producen, pero los costos de desarrollo incurridos después de que el proyecto ha sido considerado comercialmente viable, deben ser capitalizados. La NIIF para las PYMES requiere que todos los costos de investigación y desarrollo se reconozcan como gastos.

• Las NIIF completas suponen que el criterio fiable de reconocimiento de la medición siempre se cumple para los activos intangibles adquiridos en una combinación de negocios. La NIIF para las PYMES proporciona una excepción para un activo intangible adquirido en una combinación de negocios que surge de derechos legales u otros derechos contractuales cuando su valor razonable no se puede medir de forma fiable, ya sea porque no es separable de la plusvalía o porque es separable de la plusvalía pero no existe ningún historial ni evidencia de transacciones de intercambio para el mismo activo u otros similares, y estimar el valor razonable de otra manera dependería de variables que no se pueden medir.

• Las NIIF completas requieren que los activos intangibles de vida útil indefinida se contabilicen al costo histórico menos las pérdidas por deterioro del valor, si las hubiere. La NIIF para las PYMES considera que todos los activos intangibles (incluidos los activos intangibles de vida útil indefinida) tienen una vida útil finita. Requiere que se amorticen todos los activos intangibles (incluidos los activos intangibles de vida útil indefinida).

• Las NIIF completas permiten usar el modelo de revaluación para medir activos intangibles tras el reconocimiento inicial. La NIIF para las PYMES no.

• Las NIIF completas requieren una revisión anual del valor residual, la vida útil y el método de amortización de los activos intangibles.

La NIIF para las PYMES requiere una revisión sólo si hay algún indicio de que se ha producido un cambio significativo desde la última fecha anual sobre la que se haya informado.

• Las NIIF completas (véase la NIC 20 Contabilización de las Subvenciones del Gobierno e Información a Revelar sobre Ayudas Gubernamentales) permiten elegir los métodos para la contabilización de activos intangibles adquiridos mediante subvenciones del gobierno. La NIIF para las PYMES (véase la Sección 24 Subvenciones del Gobierno) establece un único método para contabilizar las subvenciones del gobierno.

Para conocer las diferencias relacionadas con las pruebas de deterioro del valor, véase el Módulo 27 Deterioro del Valor de los Activos.

MÓDULO 20: ARRENDAMIENTOS

Comparación con las NIIF completas

Una visión general de alto nivel aprobada el 9 de julio de 2009 sobre las diferencias entre los requerimientos de contabilización e información financiera de los arrendamientos conforme a la NIIF para las PYMES (véase la Sección 20 Arrendamientos) y las NIIF completas (véase la NIC 17 Arrendamientos) incluye:

• La NIIF para las PYMES está redactada en lenguaje sencillo e incluye mucho menos orientación sobre cómo aplicar los principios.

• La NIIF para las PYMES no requiere que un arrendador o arrendatario reconozcan los pagos de un arrendamiento operativo de forma lineal si los pagos al arrendador están estructurados de forma que se incrementen en línea con la inflación general esperada (en función de índices o estadísticas publicados) para compensar los incrementos de costo por inflación esperados del arrendador. Esta excepción a la base lineal no está incluida en la NIC 17 Arrendamientos.

MÓDULO 21: PROVISIONES Y CONTINGENCIAS

Comparación con las NIIF completas

Las NIIF completas (véase la NIC 37 Provisiones, Pasivos Contingentes y Activos Contingentes) y la NIIF para las PYMES (véase la Sección 21 Provisiones y Contingencias), según su publicación al 9 de julio de 2009, comparten los mismos principios para la contabilización e información de provisiones y para revelar pasivos contingentes y activos contingentes. No obstante, la NIIF para las PYMES está redactada en un lenguaje simple e incluye bastante menos orientación sobre cómo aplicar los principios.

MÓDULO 22: PASIVOS Y PATRIMONIO

Comparación con las NIIF completas

Los requerimientos para clasificar instrumentos financieros como pasivos o como patrimonio, y para contabilizar los instrumentos de patrimonio emitidos para los inversores como se establece en las NIIF completas (véase la NIC 32 Instrumentos financieros: Presentación), difieren de los requerimientos de la NIIF para las PYMES (véase la Sección 22 Patrimonio), publicada el 9 de julio de 2009, en los siguientes aspectos:

• La NIIF para las PYMES está redactada en lenguaje simple.

• La NIIF para las PYMES incluye requerimientos adicionales a la NIC 32 para el reconocimiento de la emisión de acciones u otros instrumentos de patrimonio. No obstante, dicha guía se condice con la práctica de conformidad con las NIIF completas.

• La NIIF para las PYMES contiene requerimientos menos detallados que la NIC 32 acerca de la clasificación de instrumentos financieros con opción de venta y obligaciones que surgen en la liquidación, que cumplen la definición de pasivo pero que pueden representar la participación residual en los activos netos de la entidad. En la práctica, pueden surgir diferencias debido a los requerimientos de clasificación simplificados de la Sección 22.

MÓDULO 23: INGRESOS DE ACTIVIDADES ORDINARIAS

Comparación con las NIIF completas

Venta de bienes, prestación de servicios, intereses, dividendos y regalías

Las NIIF completas (véase la NIC 18 Ingreso de actividades ordinarias) y la NIIF para las PYMES (véase la Sección 23 Ingresos de actividades ordinarias) publicadas al 9 de julio de 2009 comparten los mismos principios para la contabilización y la presentación de ingresos de actividades ordinarias. No obstante, la NIIF para las PYMES está redactada en un lenguaje simple e incluye menos orientación sobre cómo aplicar los principios.

A su vez, los requerimientos de información a revelar de la Sección 23 son menos detallados que los que figuran en la NIC 18.

Contratos de construcción

Las NIIF completas (véase la NIC 11 Contratos de Construcción) y la NIIF para las PYMES (véase la Sección 23 Ingresos de actividades ordinarias) publicadas el 9 de julio de 2009, comparten los mismos principios para la contabilización y la presentación de contratos de construcción. No obstante, la NIIF para las PYMES está redactada en un lenguaje simple e incluye menos orientación sobre cómo aplicar los principios. A su vez, los requerimientos de información a revelar de la Sección 23 son menos detallados que los que figuran en la NIC 11.

MÓDULO 24: SUBVENCIONES DEL GOBIERNO

Comparación con las NIIF completas

Las siguientes constituyen las principales diferencias entre los requerimientos publicados al 9 de julio de 2009 para la contabilización de las subvenciones del gobierno de acuerdo con las NIIF completas (véase la NIC 20 Contabilización de las Subvenciones del Gobierno e Información a Revelar sobre Ayudas Gubernamentales y los párrafos 34 a 38 y 57 de la NIC 41 Agricultura) y la NIIF para las Pequeñas y Medianas Entidades (véase la Sección 24 Subvenciones del Gobierno):

• La NIIF para las PYMES está redactada en un lenguaje simple e incluye mucho menos orientación que la detallada en las NIIF completas.

• En la NIIF para las PYMES, la Sección 24 se aplica a todas las subvenciones del gobierno. En las NIIF completas, la NIC 41 determina los requerimientos para las subvenciones del gobierno en relación con activos biológicos medidos al valor razonable menos costos de venta y la NIC 20 se aplica al resto de las subvenciones del gobierno.

• Para una subvención del gobierno que se relaciona con un activo biológico medido a su valor razonable menos costos de venta, los requerimientos conforme la NIIF para las PYMES son coherentes con los requerimientos de la NIC 41.

• Para otras subvenciones del gobierno (es decir, aquellas dentro del alcance de la NIC 20), existen diferencias en los requerimientos para el reconocimiento y la medición entre las NIIF completas y la NIIF para las PYMES.

O La NIC 20 contiene muchas opciones para contabilizar las subvenciones del gobierno. La NIIF para las PYMES sólo contiene una opción para contabilizar todas las subvenciones del gobierno.

O La NIC 20 requiere que las subvenciones del gobierno no sean reconocidas como tales hasta que exista una razonable seguridad de que la entidad cumplirá las condiciones asociadas a las subvenciones y que éstas se recibirán. Conforme la Sección 24, no se reconoce una subvención del gobierno hasta que efectivamente se cumplan las condiciones impuestas.

O La NIC 20 requiere que las subvenciones del gobierno se reconozcan como ingresos de forma sistemática, a lo largo de los periodos necesarios para compensarlas con los costos relacionados. La Sección 24 no permite que una entidad compense la subvención con los costos relacionados o el costo del activo que financia.

O Conforme la NIC 20, una entidad que recibe una subvención no monetaria puede medir tanto el activo como la subvención ya sea al importe nominal (generalmente cero) o al valor razonable del activo no monetario. Conforme la Sección 24, todas las subvenciones del gobierno (incluidas las subvenciones gubernamentales no monetarias) se deben medir al valor razonable del activo recibido o por recibir.

La Sección 24 no contiene requerimiento alguno para la medición y el reconocimiento del activo relacionado y, por lo tanto, el activo se debe contabilizar conforme la sección correspondiente de la NIIF para las PYMES (p. ej., los activos intangibles recibidos por medio de una subvención del gobierno se contabilizan conforme la Sección 18 Activos Intangibles Distintos de la Plusvalía).

• Para otras subvenciones del gobierno (es decir, aquellas dentro del alcance de la NIC 20), existen diferencias en los requerimientos para la presentación entre las NIIF completas y la NIIF para las PYMES.

O La NIC 20 tiene requerimientos específicos para la presentación de las subvenciones del gobierno.

La NIC 20 permite dos métodos para la presentación de las subvenciones del gobierno en relación con los activos en el estado de situación financiera: establecer una subvención del gobierno como ingresos diferidos o deducir la subvención del gobierno al obtener el importe en libros del activo relacionado.

La NIC 20 también permite dos métodos para la presentación de subvenciones del gobierno relacionadas con ingresos en el estado del resultado integral; ya sea por separado (o bajo un encabezamiento general como “otros ingresos”) o deducidas al informar los gastos relacionados.

La NIIF para las PYMES no determina método alguno para la presentación de las subvenciones del gobierno. Sin embargo, la deducción de una subvención del gobierno al obtener el importe en libros del activo relacionado en el estado de situación financiera (una de las opciones conforme la NIC 20) no sería coherente con los requerimientos en otras secciones de la NIIF para las PYMES para la contabilización de esos activos. En cualquier caso, la NIIF para las PYMES exige revelar la forma en que se presentan las subvenciones del gobierno en los estados financieros.

MÓDULO 25: COSTOS POR PRÉSTAMOS

Comparación con las NIIF completas

Las siguientes constituyen las principales diferencias entre los requerimientos publicados al 9 de julio de 2009 para la contabilización de los costos por préstamos de acuerdo con la NIC 23 Costos por Préstamos y la NIIF para las Pequeñas y Medianas Entidades (véase la Sección 25 Costos por Préstamos).

La NIC 23 requiere que los costos por préstamos, que sean directamente atribuibles a la adquisición, construcción o producción de un activo apto, se capitalicen como parte del costo del activo. Por razones de costo-beneficio, en la Sección 25 de la NIIF para las PYMES se requiere que estos costos se carguen a gastos.

La composición de los costos por préstamos en las NIIF completas (véase el párrafo 6 de la NIC 23) y la NIIF para las PYMES (véase el párrafo 25.1) es similar.

Sin embargo, pueden surgir diferencias entre los costos por préstamos de acuerdo con la NIC 23 y la Sección 25 porque los requerimientos para el cálculo de los “costos financieros” subyacentes pueden ser diferentes. Por ejemplo, los gastos por intereses calculados de acuerdo con la Sección 11 Instrumentos Financieros Básicos de la NIIF para las PYMES pueden ser distintos de los “costos financieros” calculados sobre el mismo instrumento de acuerdo con las NIIF completas (p. ej., NIC 39 Instrumentos Financieros: Reconocimiento y Medición).

MÓDULO 27: DETERIORO DEL VALOR DE LOS ACTIVOS

Comparación con las NIIF completas

Las NIIF completas (incluida la NIC 2 Inventarios, Ia NIC 16 Propiedades, Planta y Equipo, Ia NIC 36 Deterioro del Valor de los Activos y la NIC 38 Activos Intangibles) y la NIIF para las PYMES (véase la Sección 27 Deterioro del Valor de los Activos) comparten los mismos principios de contabilización e información financiera del deterioro del valor de los activos.

No obstante, la NIIF para las PYMES está redactada en un lenguaje más simple e incluye bastante menos orientación sobre cómo aplicar los principios.

La Sección 27 describe los requerimientos para el reconocimiento del deterioro del valor de inventarios y otros activos distintos de los inventarios, mientras que la NIC 36 excluye los inventarios de su alcance.

Los requerimientos generales de contabilización para los activos que se encuentran dentro del alcance de la Sección 27 se especifican en la Sección 13 Inventarios, la Sección 17 Propiedades, Planta y Equipo, la Sección 18 Activos Intangibles Distintos de la Plusvalía y la Sección 19 Combinaciones de Negocios y Plusvalía.
De acuerdo con la NIC 2, los inventarios se medirán al costo o al valor realizable neto, según cual sea menor.

En la Sección 27, se evalúa si existe deterioro del valor, comparando el importe en libros de cada partida del inventario con su precio de venta menos los costos de terminación y venta.

La NIIF para las PYMES no utiliza el término “valor realizable neto” pero la definición de este término en la NIC 2 se condice con el “precio de venta menos los costos de terminación y venta”.

De acuerdo con las NIIF completas, el deterioro del valor de la plusvalía y de activos intangibles de vida útil indefinida se evalúa con una frecuencia mínima anual. La NIIF para las PYMES requiere que las entidades calculen el importe recuperable de la plusvalía y otros activos intangibles de vida útil indefinida solo cuando exista un indicio de deterioro del valor.

La Sección 27 también incluye una lista de indicadores de deterioro del valor, basados en fuentes internas y externas de información, como guía para las PYMES.

Las demás simplificaciones se relacionan con la distribución de la plusvalía a unidades generadoras de efectivo individuales (o grupos de unidades generadoras de efectivo).

Si la plusvalía no se puede distribuir a unidades generadoras de efectivo individuales (o grupos de unidades generadoras de efectivo) sobre una base no arbitraria, la NIIF para las PYMES permite a las entidades comprobar el deterioro del valor de la plusvalía determinando el importe recuperable de lo siguiente:

• La entidad adquirida en su totalidad, si la plusvalía está relacionada con una entidad adquirida que no haya sido integrada.

• Todo el grupo de entidades (excluyendo cualesquiera entidades que no hayan sido integradas), si la plusvalía está relacionada con una entidad adquirida que ha sido integrada.

A diferencia de las NIIF completas, la NIIF para las PYMES exige la amortización de la plusvalía y de todos los activos intangibles. Cuando la plusvalía se amortiza por completo (es decir, su importe en libros es cero), su valor ya no se puede deteriorar (y se prohíbe la reversión del deterioro del valor de la plusvalía de un periodo anterior).

Por consiguiente, de acuerdo con la NIIF para las PYMES, ya no se comprobará el deterioro de su valor.

La NIIF para las PYMES no permite la utilización del modelo de revaluación para propiedades, planta y equipo (NIC 16, párrafo 75) o para activos intangibles (NIC 38, párrafo 75). Por consiguiente, las comprobaciones del deterioro del valor realizadas de conformidad con el Módulo 27 no se ven afectadas por las revaluaciones de activos.

La NIIF para las PYMES está redactada en un lenguaje simple e incluye mucho menos orientación sobre cómo aplicar los principios que las NIIF completas.

Al estimar el valor en uso, la NIC 36 Deterioro del Valor de los Activos ofrece mucho más orientación sobre cómo estimar los flujos de efectivo futuros.

El Apéndice A de la NIC 36 describe el uso de las técnicas de valor presente para medir el valor en uso.

La NIC 36 también ofrece mucho más orientación sobre cómo identificar y distribuir (si corresponde) los activos comunes de la compañía que se relacionen con las unidades generadoras de efectivo sujetas a la revisión del deterioro del valor.

La NIC 36 también exige revelar información más detallada en comparación con la Sección 27 de la NIIF para las PYMES.

MÓDULO 28: BENEFICIOS A LOS EMPLEADOS

Comparación con las NIIF completas

Una visión general, de alto nivel, de las diferencias entre los requerimientos publicados al 9 de julio de 2009 para la contabilización e información financiera de los beneficios a los empleados, de acuerdo con la NIIF para las PYMES (véase la Sección 28 Beneficios a los Empleados) y las NIIF completas (véase la NIC 19 Beneficios a los Empleados) se incluye a continuación por separado para cada tipo importante de beneficio a los empleados.

Beneficios a corto plazo a los empleados

Las NIIF completas (véase la NIC 19 Beneficios a los Empleados, párrafos 8 a 16) y la NIIF para las PYMES (véase la Sección 28 Beneficios a los Empleados, párrafos 28.3 a 28.8) comparten los mismos principios sobre el reconocimiento y la medición de los beneficios a corto plazo a los empleados.

No obstante, la NIIF para las PYMES está redactada en un lenguaje simple e incluye menos orientación sobre cómo aplicar los principios.

Beneficios post-empleo

Planes de aportaciones definidas

Las NIIF completas (véase la NIC 19 Beneficios a los Empleados, párrafos 43 a 45) y la NIIF para las PYMES (véase la Sección 28 Beneficios a los Empleados, párrafo 28.13), como se publican al 9 de julio de 2009, comparten los mismos principios sobre el reconocimiento y la medición de los beneficios de los planes de aportaciones definidas.

No obstante, la NIIF para las PYMES está redactada en un lenguaje simple e incluye bastante menos orientación sobre cómo aplicar los principios.

Planes de beneficios definidos

Las NIIF completas (véase la NIC 19 Beneficios a los Empleados, párrafos 48 a 118) y la NIIF para las PYMES (véase la Sección 28 Beneficios a los Empleados, párrafos 28.3, y 28.14 a 28.28), como se publican al 9 de julio de 2009, comparten los mismos principios sobre el reconocimiento y la medición de los planes de beneficios definidos. Las principales diferencias entre los requerimientos de contabilización e información financiera de los planes de beneficios definidos según las NIIF completas y la NIIF para las PYMES incluyen:

• La NIIF para las PYMES está redactada en un lenguaje simple.

• La NIC 19 exige a la entidad reconocer el costo del servicio pasado no consolidado como un gasto, repartiéndolo linealmente durante el periodo medio que reste hasta la consolidación definitiva del derecho a recibir los beneficios de forma irrevocable.

De acuerdo con la NIIF para las PYMES, una entidad debe reconocer los costos de servicios pasados como un gasto al medir los resultados del periodo en que se produce el cambio (es decir, de inmediato).

• La NIC 19 requiere que una obligación por beneficios definidos debe siempre medirse utilizando el método de la unidad de crédito proyectada. Por razones de costo-beneficio, la NIIF para las PYMES mantiene algunas simplificaciones de medición que, si bien conservan los principios básicos de la NIC 19, reducen la necesidad para las PYMES de contratar a especialistas externos.

Por consiguiente, si la información basada en el método de la unidad de crédito proyectada no está disponible, y no se puede obtener sin costo o esfuerzo desproporcionado, las PYMES deben aplicar un enfoque basado en la NIC 19 pero que no tenga en cuenta la evolución futura de los salarios, los servicios futuros o la posible mortalidad durante el periodo de servicio de un empleado.

Este enfoque aún tiene en cuenta la esperanza de vida de los empleados tras cumplir la edad de retiro. La obligación de pensión por beneficios definidos resultante refleja los beneficios consolidados y no consolidados.

• La NIIF para las PYMES aclara que normalmente no serían necesarias valoraciones integrales anuales. En los periodos intermedios, las valoraciones se proyectarían hacia adelante para los ajustes agregados relativos a la composición y salarios de los empleados, pero sin cambiar los supuestos de rotación o mortalidad.

• Las NIIF completas permiten a la entidad elegir entre diversos métodos de reconocimiento de las ganancias y pérdidas actuariales. Las NIIF para las PYMES exigen el más simple de los métodos permitidos por la NIC 19 (es decir, reconocimiento inmediato de las ganancias y pérdidas actuariales tan pronto ocurran).

• Las NIIF completas exigen que la entidad que decide reconocer las ganancias y pérdidas actuariales como otro resultado integral también reconozca como otro resultado integral cualquier ajuste que surja de los límites de reconocimiento de activos por los superávits del plan establecidos en el párrafo 58(b) de la NIC 19.

Si bien la NIIF para las PYMES determina límites de reconocimiento de activos para los superávits del plan (véase el párrafo 28.22), no especifica que una entidad que decida reconocer las ganancias y pérdidas actuariales como otro resultado integral también deba reconocer cualquier ajuste que surja de los límites de reconocimiento de activos como otro resultado integral.

• Las NIIF completas definen las ganancias y pérdidas actuariales y especifican su composición. En lo que se refiere a la medición del valor presente de la obligación por beneficios definidos de una entidad, la NIIF para las PYMES describe las suposiciones actuariales como estimaciones sobre variables demográficas (como tasa de rotación entre empleados y tasa de mortalidad) y financieras (como aumentos futuros en los salarios y gastos médicos) que influyen sobre el costo del beneficio.

• Las exigencias informativas para los planes de beneficios definidos de la Sección 28 son menos específicos que los de la NIC 19.

Otros beneficios a largo plazo a favor de los empleados

Las NIIF completas (véase la NIC 19 Beneficios a los Empleados, párrafos 128 a 130) y la NIIF para las PYMES (véase la Sección 28 Beneficios a los Empleados, párrafo 28.30), como se publican al 9 de julio de 2009, comparten los mismos principios sobre el reconocimiento y la medición de otros beneficios a largo plazo a los empleados. No obstante, la NIIF para las PYMES está redactada en un lenguaje simple e incluye menos orientación sobre cómo aplicar los principios.

Beneficios por terminación del contrato

Las NIIF completas (véase la NIC 19 Beneficios a los Empleados, párrafos 133 a 140) y la NIIF para las PYMES (véase la Sección 28 Beneficios a los Empleados, párrafos 28.31 a 28.37), como se publican al 9 de julio de 2009, comparten los mismos principios sobre el reconocimiento y la medición de los beneficios por terminación. No obstante, la NIIF para las PYMES está redactada en un lenguaje simple e incluye menos orientación sobre cómo aplicar los principios.

MÓDULO 30: CONVERSIÓN DE LA MONEDA EXTRANJERA

Comparación con las NIIF completas

Las siguientes constituyen las diferencias básicas entre los requerimientos para la contabilización de transacciones en moneda extranjera y actividades en el extranjero, de acuerdo con las NIIF completas (véase la NIC 21 Efectos de las Variaciones en las Tasas de Cambio de la Moneda Extranjera) y la NIIF para las Pequeñas y Medianas Entidades (véase la Sección 30 Conversión de la Moneda Extranjera).

• La NIIF para las PYMES está redactada en un lenguaje simple e incluye mucho menos orientación que la detallada en las NIIF completas.

• La NIIF para las PYMES no permite o exige que las diferencias de cambio acumuladas relacionadas con un negocio en el extranjero que hayan sido previamente reconocidas en otro resultado integral se reclasifiquen de patrimonio a resultados (como un ajuste por reclasificación) cuando se reconozca la pérdida o ganancia por la disposición. La NIC 21 sí exige este tratamiento.

• La NIIF para las PYMES no tiene procedimientos específicos para la conversión de los resultados y la situación financiera de una entidad, cuya moneda funcional es la correspondiente a una economía hiperinflacionaria, a una moneda de presentación diferente, mientras que la NIC 21 sí incluye estos procedimientos.

MÓDULO 31: HIPERINFLACIÓN

Comparación con las NIIF completas

Las NIIF completas (véase la NIC 29 Información Financiera en Economías Hiperinflacionarias) y la NIIF para las PYMES (véase la Sección 31 Hiperinflación) publicadas el 9 de julio de 2009, comparten los mismos principios para la contabilización de los efectos hiperinflacionarios en los estados financieros.

No obstante, la NIIF para las PYMES está redactada en un lenguaje simple e incluye menos orientación que las NIIF completas sobre cómo aplicar los principios.

MÓDULO 32: HECHOS OCURRIDOS DESPUÉS DEL PERIODO SOBRE EL QUE SE INFORMA

Comparación con las NIIF completas

Las NIIF completas (véase NIC 10 Hechos Ocurridos Después del Periodo sobre el que se Informa) y la NIIF para las PYMES (véase la Sección 32 Hechos Ocurridos después del Periodo sobre el que se Informa) como se publicaron al 9 de julio de 2009 comparten los mismos principios para la contabilización y el informe de los hechos ocurridos después del periodo sobre el que se informa. Sin embargo, la NIIF para las PYMES está redactada en un lenguaje sencillo e incluye bastante menos información sobre cómo aplicar los principios.

MÓDULO 33: INFORMACIÓN A REVELAR SOBRE PARTES RELACIONADAS

Comparación con las NIIF completas

Las NIIF completas (véase la NIC 24 Información a Revelar sobre Partes Relacionadas) y la NIIF para las PYMES (véase la Sección 33 Información a Revelar sobre Partes Relacionadas) publicadas al 9 de julio de 2009 comparten los mismos principios para la presentación de información a revelar sobre partes relacionadas. Sin embargo, la NIIF para las PYMES está redactada en un lenguaje sencillo e incluye bastante menos información sobre cómo aplicar los principios.

La definición de parte relacionada de la Sección 33 se adoptó del Proyecto de Norma de Modificaciones Propuestas a la NIC 24 Información a Revelar sobre Partes Relacionadas: Relaciones con el Estado de diciembre de 2008.

La definición en el proyecto de norma se usó porque la modificación final a la NIC 24 no estaba previsto que se finalizara hasta después de la publicación de la NIIF para las PYMES. Sin embargo, al emitir la modificación final a la NIC 24, la definición incluida en el proyecto de norma se cambió.

Por consiguiente, el párrafo 33.2 (vii)-(x) difiere de la NIC 24.9 (vii).

A diferencia de la Sección 33, la NIC 24 no usa el término “poder de voto significativo”. Por lo tanto, una persona (o una familiar cercano a ella) que tenga poder de voto significativo en una entidad pero que no tenga control, control conjunto o una influencia significativa sobre la entidad, y que no sea miembro del personal clave de la gerencia de esa entidad o de una entidad controladora de la entidad, no es una parte relacionada de esa entidad.

A pesar de que esta es una diferencia entre esas normas, tal diferencia puede afectar solo a algunas entidades, si las hubiera. El término “poder de voto significativo” se excluyó de la NIC 24 porque es indefinido y porque crea anomalías (p. ej., en la NIIF para las PYMES dos entidades están relacionadas entre sí cuando un tercero es miembro del personal clave de la gerencia de una y tiene poder de voto significativo en la otra.

Sin embargo, no están relacionadas cuando un tercero tiene poder de voto significativo en ambas entidades).

Las simplificaciones de los requerimientos de información a revelar que se presentan en la Sección 33 incluyen, por ejemplo:

• El párrafo 17 de la NIC 24 requiere la revelación de la remuneración del personal clave de la gerencia tanto en total como clasificado en las siguientes categorías: beneficios a corto plazo a los empleados, beneficios post-empleo, otros beneficios al largo plazo, beneficios por terminación y pagos basados en acciones.

El párrafo 33.7 requiere la revelación de la remuneración del personal clave de la gerencia en total solamente; no requiere explícitamente ninguna categorización de tal compensación.

• El párrafo 33.10 (a) agrupa en una categoría única las entidades que se enumeran por separado en el párrafo 19(a) y (b) de la NIC 24, y el párrafo 33.10(b) agrupa en una única categoría las entidades que se enumeran por separado en el párrafo 19(c) a (e) de la NIC 24.

• Tanto la NIC 24 como la Sección 33 establecen exenciones a la información general a revelar sobre partes relacionadas para entidades relacionadas con el Gobierno. Sin embargo, cuando una entidad aplica tales exenciones, la NIC 24 requiere más información a revelar que la especificada en el párrafo 33.11 de la NIIF para las PYMES.

MÓDULO 34: ACTIVIDADES ESPECIALES

Comparación con las NIIF completas

Las NIIF completas (véase la NIC 41 Agricultura, la NIIF 6 Exploración y Evaluación de Recursos Minerales y la NIIF 12 Acuerdos de Concesión de Servicios) y la NIIF para las PYMES (véase la Sección 34) publicada el 9 de julio de 2009 comparten principios similares para la contabilización e información de actividades especiales. Sin embargo, la NIIF para las PYMES está redactada en leguaje sencillo e incluye bastante menos información sobre cómo aplicar los principios.

Otras diferencias entre la Sección 34 y las NIIF completas incluyen lo siguiente:

• La NIC 41 especifica que una entidad solo puede utilizar el modelo del costo al momento del reconocimiento inicial, en el caso de los activos biológicos para los que no estén disponibles precios o valores fijados por el mercado, y para los cuales se haya determinado claramente que no son fiables otras estimaciones alternativas del valor razonable (véase el párrafo 30 de la NIC 41).

La NIIF para las PYMES permite un uso más amplio del modelo del costo para activos biológicos en la actividad agrícola (es decir, cuando el valor razonable no es fácilmente determinable sin un costo o esfuerzo desproporcionado).

• En las NIIF completas, los activos de exploración y evaluación se tratan en una norma por separado, la NIIF 6. En la NIIF para las PYMES no se establecen requerimientos especiales para los activos de exploración y evaluación.

Estos se contabilizan de la misma manera que otros activos de acuerdo con la Sección 17 Propiedades, Planta y Equipo y la Sección 18 Activos Intangibles Distintos de la Plusvalía.

De acuerdo con la NIIF 6, una entidad debe aplicar el modelo del costo o el modelo de revaluación para contabilizar sus activos de exploración y evaluación (véase el párrafo 12 de la NIIF 6).

La NIIF para las PYMES no permite el uso del modelo de revaluación.

• La CINIIF 12 hace referencia a los requerimientos de reconocimiento y medición de la NIC 39 para el caso de activos financieros, y de la NIC 38 para los activos intangibles.

En la NIIF para las PYMES, las Secciones 11, 12 y 18 tienen requerimientos diferentes a los de la NIC 38 y 39 y, en consecuencia, pueden surgir diferencias en la contabilización.

De acuerdo con la CINIIF 12, la medición inicial de un activo intangible es al costo (por referencia a la NIC 38), mientras que, según el párrafo 34.15, los activos intangibles se deben reconocer inicialmente al valor razonable.

No obstante, dado que el costo de un activo intangible adquirido a cambio de un activo no monetario generalmente se mide al valor razonable (por referencia a la NIC 38), en la práctica no suelen surgir diferencias.

Además, la CINIIF 12 (párrafo 22) requiere la capitalización de ciertos costos por préstamos atribuibles a un acuerdo durante la fase de construcción, si el operador tiene un derecho contractual de recibir un activo intangible (derecho a cobrar a los usuarios del servicio público).

De acuerdo con la NIIF para las PYMES, está prohibida la capitalización de costos por préstamos (es decir, el reconocimiento de un activo); y según lo establecido en la Sección 25, los costos por préstamos deben reconocerse como gasto cuando se incurre en ellos.

MÓDULO 35: TRANSICIÓN A LA NIIF PARA LAS PYMES

Comparación con las NIIF completas

Las principales diferencias entre los requerimientos para la contabilización e información financiera al adoptar por primera vez la NIIF para las PYMES (véase la Sección 35 Transición a la NIIF para las PYMES) y las NIIF completas (véase la NIIF 1 Adopción por Primera vez de las Normas Internacionales de Información Financiera) incluyen lo siguiente:

• La NIIF para las PYMES está redactada en lenguaje sencillo e incluye mucho menos orientación sobre cómo aplicar los principios.

• La NIIF para las PYMES incluye una exención por “impracticabilidad” (ausente en la NIIF 1). No se requiere la reexpresión de uno o más ajustes, si resulta impracticable. De forma similar, no se requiere proporcionar información comparativa si resulta impracticable (véase el párrafo 35.11).

• Las excepciones especificadas en el párrafo 35.9(a), (b) y (e) son similares a las excepciones en la NIIF 1. No obstante, difieren en los detalles, lo que se traducirá en diferencias en la práctica.

• La mayoría de las excepciones detalladas en el párrafo 35.10 también se permiten conforme a la NIIF 1, salvo que difieren en los detalles, lo que se traducirá en diferencias en la práctica.

• La excepción en el párrafo 35.9(d) en relación con las operaciones discontinuadas no se encuentra en la NIIF 1.

• El párrafo 35.10(h) les permite a las entidades que adoptan por primera vez la NIIF para las PYMES que no reconozcan a la fecha de transición a la NIIF, los activos y pasivos por impuestos diferidos.

Esta exención no se incluye en la NIIF 1.

• Ciertas exenciones que se incluyen en la NIIF 1 no se encuentran en la Sección 35 porque no son relevantes para los requerimientos contables en la NIIF para las PYMES (p. ej., exenciones relacionadas con seguros, beneficios a los empleados, activos y pasivos de subsidiarias, asociadas y negocios conjuntos, y la designación de instrumentos financieros reconocidos con anterioridad).

• La Sección 35 no exige ciertas revelaciones en la NIIF 1; por ejemplo en relación con lo siguiente:

o El uso del valor razonable como costo atribuido (párrafo 30 de la NIIF 1);

o El uso de costo atribuido para inversiones en entidades subsidiarias, asociadas y controladas conjuntamente (párrafo 31 de la NIIF 1); y

o El uso del costo atribuido para los activos de petróleo y gas (párrafo 31A de la NIIF 1).

Tomado de: Ifrs.org