• Consumo y Ordinario: entre el 1 de julio y el 30 de septiembre de 2016.

Con la mencionada Resolución se certifica el Interés Bancario Corriente efectivo anual  para la modalidad de crédito de consumo y ordinario en 21.34%, lo cual representa un aumento de 80 puntos básicos (0.80%) en relación con la anterior certificación (20.54%).

  

INTERÉS REMUNERATORIO Y DE MORA

En atención a lo dispuesto en el artículo 884 del Código de Comercio, en concordancia con lo señalado en los artículos 11.2.5.1.2 y 11.2.5.1.3 del Decreto 2555 de 2010, los intereses remuneratorio y moratorio no podrán exceder 1.5 veces el Interés Bancario Corriente, es decir, el 32.01% efectivo anualpara la modalidad de crédito de consumo y ordinario.

  

USURA

 

Para los efectos de la norma sobre usura (Artículo 305 del Código Penal), puede incurrir en este delito el que reciba o cobre, directa o indirectamente, a cambio de préstamo de dinero o por concepto de venta de bienes o servicios a plazo, utilidad o ventaja que exceda en la mitad del Interés Bancario Corriente que para los períodos correspondientes estén cobrando los bancos, cifra que para el período señalado se sitúaen 32.01%efectivo anual para la modalidad de crédito de consumo y ordinario, resultado que representa un aumento de 120 puntos básicos (1.20%) con respecto al periodo anterior (30.81%).

  

OTRAS CERTIFICACIONES VIGENTES

 

Vale la pena recordar que la Superintendencia Financiera, en desarrollo de sus atribuciones legales y reglamentarias, mediante la Resolución 1341 de 2015 certificó el interés bancario corriente para las modalidades de microcrédito y crédito de consumo de bajo monto, en los siguientes términos:

Modalidad de crédito que aplica

Interés Bancario Corriente

Usura

Vigencia

Microcrédito

35.42%

53.13%

1º octubre de 2015 al 30 de septiembre de 2016

Consumo de bajo monto

34.77%

52.16%

1º octubre de 2015 al 30 de septiembre de 2016

Consulte aquí la información histórica del Interés Bancario Corriente.