Esta propuesta normativa surge del documento de recomendación emanado del consejo técnico de la Contaduría Pública, luego del análisis de la norma y del estudio que adelantó el comité técnico ad honorem de expertos en seguros.
Desde 1995, Colombia ha firmado más de quince TLC´s con diferentes países en los que se han acordado cláusulas de respeto y protección por la inversión extranjera.
El precio es, indudablemente, uno de los elementos fundamentales de las transacciones de compraventa de acciones.
Este flash informativo ha sido preparado por la subdirección de normativa y doctrina de la dirección de gestión jurídica de la DIAN.
Séptima Jornada de Actualización Tributaria.
La Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN) realizará este 14 de septiembre visitas de control a establecimientos de comercio de ropa, zapatos, accesorios, bares, restaurantes y discotecas, para verificar el cumplimiento de la obligación de facturar electrónicamente.
SuperSociedades Publicará los Parámetros y Empresas Obligadas en octubre
De acuerdo con la medida, hasta el 15 de septiembre de 2023 se podrá realizar el registro de la información.
Son varios los mecanismos que propenden por optimizar el patrimonio. Estos mecanismos conllevan un proceso estratégico que busca la gestión eficiente y efectiva de los activos y bienes a lo largo del tiempo, con el objetivo de preservar, proteger y aprovechar al máximo el patrimonio de una persona o familia.
Las sucesiones en caso de muerte son un tema crucial en el ámbito legal y patrimonial en cualquier sociedad. En Colombia, al igual que en muchos otros países, existen leyes y normativas que regulan cómo se distribuyen los bienes y activos de una persona fallecida entre sus herederos y beneficiarios.
El artículo 77 de la Ley 2277 de 2022 modificó el inciso 3 del artículo 519 del Estatuto Tributario (“ET”) y le adicionó el parágrafo 3, estableciendo la causación del Impuesto de Timbre, cuando se eleven a escritura pública documentos que traten de la enajenación a cualquier título de bienes inmuebles cuyo valor sea igual o superior a 20.000 UVT (Año Gravable 2023-$ 848.240.000).