agosto 6, 2019
El tratamiento contable fiscal y contable financiero que debe dársele a la base gravable del nuevo y transitorio impuesto complementario del impuesto de renta y del impuesto de patrimonio, denominado impuesto de normalización tributaria, pudiera ser sustancialmente diferente, dependiendo de las causas que dieron origen a tener activos omitidos, pasivos inexistentes o bienes, diferentes a inventarios, por valor inferior al de mercado.