Respuestas no tan obvias a preguntas sobre la pensión

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(finanzaspersonales.com.co) Se ha realizado estas preguntas: ¿Nunca me voy a pensionar?; ¿Para qué comenzar a cotizar?; ¿Voy a perder lo que aporté si no obtengo el monto mínimo para acceder a la pensión?. FinanzasPersonales.com.co le resuelve éstas y otras dudas.

Administre los riesgos en su empresa

(finanzaspersonales.com.co) Las grandes compañías son cada vez más conscientes que las contingencias las pueden afectar en cualquier momento.

¿Sabe usted en qué consiste el 4 x 1.000?

(cuadresubolsillo.com) El 4 x 1.000 es un impuesto nacional instantáneo originado por la disposición de recursos. El también conocido como Gravamen a los Movimientos Financieros (GMF) nació como un salvavidas para las entidades del sector financiero, las cuales presentaban problemas por la crisis de los noventa y después del 2006 dejó de ser un tributo de carácter temporal y se volvió permanente.

Desmontados parafiscales desde hoy

(portafolio.co) El Presidente Juan Manuel Santos recordó que a partir de este miércoles primero de mayo se elimina el pago de parafiscales, así como de parte de los aportes a salud por cuenta de quienes devenguen menos de diez salarios mínimos mensuales.

¿La tarifa del IVA del 5% del art 468-1 del Estatuto Tributario aplica solo para salchichón y butifarra?

(larepublica.co) La tarifa del cinco por ciento (5%) establecida en el artículo 468-1 del Estatuto Tributario, modificado por el artículo 48 de la Ley 1607 de 2012, será aplicable respecto de los bienes que expresamente se indican en dicho artículo, entre ellos los bienes de la partida arancelaria 16.01 pero, como lo ha indicado la misma ley, "Únicamente" respecto del "salchichón y la butifarra".

En Colombia prima la informalidad

(dinero.com)    El 68% de la población económicamente activa está dentro del marco de la informalidad, de un total de ocupados de 23 millones de personas, dice el presidente de la Central Unitaria de Trabajadores (CUT), Domingo Tovar.

¿El socio que pretenda ceder sus cuotas deberá estarse en primer lugar al contrato social?

(larepublica.co) Sí. El procedimiento para ceder las cuotas previsto en los artículos 363, 364 y 365 del Código de Comercio, es supletivo de la voluntad de las partes y en tal virtud el socio que pretenda ceder sus cuotas deberá estarse en primer lugar al contrato social y solo frente a la ausencia de norma estatutaria expresa, deberá acudir al procedimiento señalado en la ley.