Esto debe acreditar una EPS que solicite devolución del ICA

marzo 19, 2019
(Ámbito Jurídico) Al analizar el impuesto de industria y comercio (ICA) cuando se trata de entidades prestadoras del servicio de salud, la Sección Cuarta del Consejo de Estado afirmó (con fundamento en los artículos 39 de la Ley 14 de 1983 y 11 de la Ley 50 de 1984) que la prohibición de gravar con ICA a los hospitales adscritos o vinculados al sistema nacional de salud continúa vigente, salvo de las actividades industriales o comerciales que realicen, que sí son objeto de dicho tributo.










