octubre 12, 2021
La Corte Suprema de Justicia (CSJ), mediante sentencia SL 1885 de 2021, reiteró que la indemnización moratoria contemplada en los artículos 65 del Código Sustantivo del Trabajo y 99 de la Ley 50 de 1990, no son de aplicación automática, sino que le corresponde al juez