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A partir del 1 de abril de 2022, las plataformas de intercambio de criptoactivos deberán cumplir con la obligación de reportar a la Unidad de Información y Análisis Financiero (Uiaf) información sobre transacciones realizadas con criptoactivos o activos virtuales.
Desde la expedición de la última reforma tributaria en 2021 se introdujeron cambios y aclaraciones importantes respecto de la definición de beneficiario final.
El 2 de diciembre del año 2020, el Consejo de Estado profirió la Sentencia de Unificación Jurisprudencial 2021CE-SUJ-4-002 mediante la cual se determina que ni la formulación del objeto social del contribuyente ni el carácter de activo fijo de las acciones son determinantes para establecer si la percepción de dividendos se encuentra gravada con ICA.