¿Qué competencias territoriales tienen las direcciones seccionales de la Dian en materia cambiaria?
octubre 26, 2011
(Larepublica.co) De conformidad con lo dispuesto en el inciso 2° del artículo 2° de la Resolución 0007 de 4 de noviembre de 2008, la competencia para ejercer las funciones en materia de control y vigilancia del régimen cambiario será ejercida por la Dirección Seccional de Impuestos y Aduanas o por la Dirección Seccional de Aduanas.