Así cambia el alcance sancionatorio y preventivo del Ministerio del Trabajo. Resolución 4180 de 2025 Mintrabajo

La Resolución 4180 de 2025 implementa el nuevo modelo de reenfoque de inspección laboral denominado “Una Inspección con Propósito”, que incorpora de manera obligatoria el enfoque diferencial y de género en todas las actuaciones de inspección, vigilancia y control. El Ministerio del Trabajo establece que todo el equipo inspector —incluido el Grupo Élite— deberá realizar visitas, investigaciones, medidas preventivas y acciones de protección bajo criterios de igualdad, interseccionalidad y debida diligencia reforzada. La norma fortalece la capacidad sancionatoria, preventiva y protectora del Estado y deroga la Resolución 4607 de 2022.

Cinco ejes para un nuevo modelo de vigilancia laboral: así cambia la inspección en Colombia. Resolución 4179 de 2025 Mintrabajo

La Resolución 4179 no solo introduce el reenfoque de inspección, sino que crea formalmente el modelo “Una Inspección con Propósito”, actuando como su base conceptual y metodológica*, mientras que la Resolución 4180 únicamente lo implementa. La 4179 desarrolla una arquitectura completa de la inspección laboral, estructurando un marco conceptual robusto: define principios como indubio pro-operario, violencia laboral, violencia basada en género, edadismo, xenofobia, capacitismo y racismo, lo cual no aparece en la 4180.

Por la cual se modifica parcialmente la resolución 227 de 2025 Única respecto a temas asociados al reporte de información tributaria

La Resolución 000233 de 2025 establece el calendario tributario aplicable para el año gravable 2026, definiendo las fechas de cumplimiento para la presentación de declaraciones y pagos de impuestos administrados por la DIAN, incluyendo renta, IVA, retención en la fuente, activos en el exterior, información exógena, y régimen simple de tributación. Además, incorpora disposiciones especiales para grandes contribuyentes, personas naturales, entidades sin ánimo de lucro y contribuyentes del régimen simple, así como para el cumplimiento de obligaciones informativas. El documento también introduce medidas transitorias y ajusta los plazos con base en el calendario de días hábiles del año 2026, sirviendo como guía normativa fundamental para la planeación fiscal del próximo año.

Por la cual se expide la resolución única en materia tributaria, aduanera y cambiaria en lo de competencia de la DIAN Res. 227 de 2025

La Resolución DIAN 000227 del 23 de septiembre de 2025 establece disposiciones sobre el calendario y condiciones de presentación de información exógena tributaria, aduanera y cambiaria. En términos generales, fija los plazos, responsables y formatos que deben utilizar los contribuyentes, buscando garantizar la correcta transmisión y control de los datos exigidos por la administración tributaria. Con ello, la DIAN refuerza los mecanismos de fiscalización y el cumplimiento de las obligaciones formales, precisando que la información debe presentarse de acuerdo con los criterios técnicos y legales definidos en el Estatuto Tributario y el Decreto 1625 de 2016 .

Por la cual se precisan los requisitos y las condiciones para la cancelación de oficio del RUT por inactividad tributaria. Res. 217 de 2025 DIAN

Establece los requisitos, condiciones y procedimiento para la cancelación de oficio de la inscripción en el Registro Único Tributario (RUT) por inactividad tributaria, cuando no se evidencien actualizaciones, declaraciones, pagos, información reportada por terceros, uso de factura electrónica ni solicitudes de numeración por un periodo de cinco años consecutivos. Se exceptúan algunos sujetos como inversionistas extranjeros, entidades territoriales y organizaciones comunales. La cancelación no exime del cumplimiento de obligaciones tributarias pendientes y se prevé la posibilidad de reactivación del RUT.

Por medio de la cual se modifica parcialmente la Res. 165 de 2023 Factura electrónica. Res. 202 de 2025

Esta actualización normativa ajusta los procedimientos y requisitos para la emisión de documentos equivalentes electrónicos, especialmente para las empresas de servicios públicos domiciliarios. Establece que los documentos no pueden incluir cobros ajenos a los servicios prestados sin autorización expresa del usuario. Además, se flexibiliza el plazo para la transmisión de estos documentos a la DIAN a 48 horas, facilitando la adaptación tecnológica y logística en zonas de difícil acceso, garantizando la prestación eficiente y continua del servicio público.