Renuncia del revisor fiscal. Oficio 220-191131 de 2017

Resumen: Si vencido el término de 30 días contados a partir de la renuncia, no se produce el nuevo nombramiento y se registra, el Revisor Fiscal en este caso seguirá figurado como tal en el registro mercantil, solo para efectos procesales, judiciales o administrativos.

Dinero en usufructo como aporte en especie. Oficio 220-197422 de 2017

Resumen: Es dable concluir que al amparo de la normatividad nacional, procede el aporte de dinero en usufructo como pago por las cuotas o acciones que integren el capital de una sociedad, dada su condición de cosa fungible según lo describe el Código Civil, bien sea al momento de la constitución, como en capitalizaciones posteriores.