(Humberto Castro Lozano)Para continuar con el tema de la residencia para efectos fiscales, en esta segunda parte nos referimos a las disposiciones del numeral 3 y al parágrafo del artículo 10 del ET; veamos.
Modificaciones propuestas a las NIIF 10 y NIC 28, proyecto de norma denominado “Entidades de inversión.
(Humberto Castro Lozano) Con la modificación que hiciera la ley 1607 de 2012 al artículo 10 del ET, se ha cambiado sustancialmente las reglas para ser considerado residente en Colombia para efectos tributarios; es así como lo ha determinado la ley y el nuevo artículo 10 del ET que para ser considerado residente solo debe la persona cumplir una de las condiciones allí establecidas e inmediatamente le será generada la obligación formal de declarar y cumplir con sus deberes tributarios veamos: