Reiteradas equivocaciones de la Dian.
Los Contribuyentes y no Contribuyentes, Personas Naturales y Jurídicas obligadas a presentar Declaración del Impuesto de Renta y Complementarios, deben presentar información en medios magnéticos cuando sus Ingresos Brutos del año gravable anterior, determinados de conformidad con el artículo 26 del Estatuto Tributario, sean superiores al monto que fija la resolución respectiva.